ATS, 13 de Mayo de 2004

PonenteD. ENRIQUE CANCER LALANNE
ECLIES:TS:2004:6219A
Número de Recurso4742/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la Procuradora de los Tribunales Dª Virginia Salto Maquedano, en nombre y representación de Dª Dolores, se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 18 de julio de 2001, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 405/01, y confirmado en súplica por el de 16 de abril de 2002.

SEGUNDO

En los autos principales, de los que dimana la pieza separada de suspensión, ha recaído Sentencia en fecha 6 de diciembre de 2002, quedando unida copia a las presentes actuaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Enrique Cancer LalanneMagistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO.- Como señalan, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, por lo que queda sin contenido cuando tal resolución ya ha sido dictada, como ocurre en este asunto, en el que, como ya se ha dicho, se ha dictado sentencia en los autos principales.

Procede, pues, declarar sin contenido el presente recurso y acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.

Por lo expuesto,LA SALA ACUERDA:

declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Dolores contra el Auto de 18 de julio de 2001, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 405/01, disponiéndose su archivo; sin expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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