ATS, 18 de Mayo de 2004

PonenteD. ALFONSO VILLAGOMEZ RODIL
ECLIES:TS:2004:6364A
Número de Recurso1350/2001
ProcedimientoDesierto
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a dieciocho de Mayo de dos mil cuatro.I. ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El Procurador don Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de don Luis Angel, en escrito de 31 de Julio de 2002, suplicó: "Se sirva admitir este escrito, con sus documentos adjuntos, y tras las diligencias oportunas, dicte resolución por la que se declare desierto el recurso para la Entidad demandada Eurolimp, S.A., declarando la firmeza de la sentencia recurrida para ella, con imposición de las costas procesales del recurso".

SEGUNDO

Ha quedado suficientemente acreditado que la entidad Eurolimp S.A. no se ha personado en las actuaciones de casación y, también, para lo que fue requerida debidamente, ha dejado de pagar o consignar las rentas de los meses de Mayo, Junio y Julio de 2002, por el arriendo del local del pleito.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Alfonso Villagómez Rodil

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Procede aplicar el artículo 449-2 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil al darse situación de rentas vencidas e impagadas y, en consecuencia, declarar desierto el recurso de casación que hubiera interpuesto la entidad Eurolimp S.A. y firme para dicha compañía la sentencia de apelación recurrida.LA SALA ACUERDA

Se declara desierto el recurso de casación de Eurolimp S.A. y firme la sentencia objeto del mismo, continúese el trámite y procédase a resolver cuanto antes sobre la admisión o no de los recursos interpuestos.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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