ATS, 21 de Octubre de 2004

PonenteJUAN GARCIA-RAMOS ITURRALDE
ECLIES:TS:2004:11900A
Número de Recurso6691/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO - APELACION
Fecha de Resolución21 de Octubre de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintiuno de Octubre de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la Procuradora de los Tribunales Dª. María Cruz Ortiz Gutiérrez, en nombre y representación de D. Ángel Daniel y Dª Estela, se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 16 de mayo de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 1653/01, y confirmado en súplica por el de 4 de julio siguiente.

SEGUNDO

En los autos principales, de los que dimana la pieza separada de suspensión, ha recaído Sentencia en fecha 2 de junio de 2004, quedando unida copia a las presentes actuaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Juan García-Ramos Iturralde de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO.- Como señalan, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, por lo que queda sin contenido cuando tal resolución ya ha sido dictada, como ocurre en este asunto, en el que, como ya se ha dicho, se ha dictado sentencia en los autos principales.

Procede, pues, declarar sin contenido el presente recurso y acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.

Por lo expuesto,LA SALA ACUERDA:

declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Ángel Daniel y Dª Estela contra el Auto de 16 de mayo de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 1653/01, y confirmado en súplica por el de 4 de julio siguiente, disponiéndose su archivo; sin expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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