ATS, 14 de Noviembre de 2003

PonenteD. ENRIQUE CANCER LALANNE
ECLIES:TS:2003:11992A
Número de Recurso6398/2000
ProcedimientoRecurso de Casación
Fecha de Resolución14 de Noviembre de 2003
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

En la Villa de Madrid, a catorce de Noviembre de dos mil tres.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Procurador D. Ramiro Reynolds de Miguel, en la representación que actúa del Ayuntamiento de Cáceres, se ha interpuesto recurso de casación contra el auto de 6 de Julio de 2000, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 368/1999, sobre condiciones de trabajo del personal municipal.

SEGUNDO

Consta por diligencia, que en los autos principales, de los que dimana esta pieza separada de suspensión, ha recaído sentencia en fecha 13 de Junio de 2002.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Enrique Cancer Lalanne de la Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Como señalan, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999, 9 de octubre de 2000, 9 de Diciembre de 2002 y 2 de Julio de 2003, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, lo que carece de sentido cuando tal resolución ha sido dictada, como ocurre en este caso, en el que, como ya se ha dicho, ha recaído sentencia en los autos principales.

En consecuencia, al carecer de contenido el presente recurso de casación, procede acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.LA SALA ACUERDA:

Declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de Cáceres, contra el auto de 6 de Julio de 2000, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en la pieza separada de suspensión del recurso nº 368/1999, y se acuerda su archivo al haberse dictado sentencia en los autos principales; sin expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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