ATS, 11 de Septiembre de 2003
Ponente | D. JUAN GARCIA-RAMOS ITURRALDE |
ECLI | ES:TS:2003:8644A |
Número de Recurso | 1014/2002 |
Procedimiento | Recurso de Casación |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
En la Villa de Madrid, a once de Septiembre de dos mil tres.
Por el Procurador de los Tribunales D. Albito Martínez Díez, en nombre y representación del Ayuntamiento de La Carolina, se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 23 de julio de 2001, confirmado en súplica por el de 21 de enero de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictados en la pieza separada de suspensión del recurso nº 757/01.
Consta por diligencia de 22 de julio de 2003 que en los autos principales, de los que dimana la pieza separada de medidas cautelares, recayó sentencia en fecha 14 de octubre de 2002, que ha quedado unida a las presentes actuaciones.
Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Juan García-Ramos IturraldeMagistrado de la Sala
UNICO.- Como señala, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar prevista para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, por lo que la decisión acerca de aquélla carece de significado cuando, como aquí ha ocurrido, ya ha recaído sentencia en dicho proceso.
En consecuencia, al carecer de contenido el presente recurso de casación, procede acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.LA SALA ACUERDA:
declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Ayuntamiento de La Carolina contra el Auto de 23 de julio de 2001, confirmado en súplica por el de 21 de enero de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera) del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictados en la pieza separada de suspensión del recurso nº 757/01, disponiéndose su archivo; sin expresa imposición de costas.
Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.
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