ATS, 13 de Mayo de 2004

PonenteD. ANGEL RODRIGUEZ GARCIA
ECLIES:TS:2004:6222A
Número de Recurso7994/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la Procuradora de los Tribunales Dª Mercedes Caro Bonilla, en nombre de Dª Sara, se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 12 de julio de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 349/02, y confirmado en súplica por el de 30 de septiembre siguiente.

SEGUNDO

En los autos principales, de los que dimana la pieza separada de suspensión, ha recaído Sentencia en fecha 17 de septiembre de 2003, quedando unida copia a las presentes actuaciones.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Angel Rodríguez GarcíaPresidente de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO.- Como señalan, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, por lo que queda sin contenido cuando tal resolución ya ha sido dictada, como ocurre en este asunto, en el que, como ya se ha dicho, se ha dictado sentencia en los autos principales.

Procede, pues, declarar sin contenido el presente recurso y acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.

Por lo expuesto,LA SALA ACUERDA:

declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Dª Sara contra el Auto de 12 de julio de 2002, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso 349/02, disponiéndose su archivo; sin expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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