ATS, 13 de Mayo de 2004

PonenteD. FERNANDO LEDESMA BARTRET
ECLIES:TS:2004:6264A
Número de Recurso5458/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2004
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

AUTO

En la Villa de Madrid, a trece de Mayo de dos mil cuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Procurador de los Tribunales D. José Carlos Peñalver Garcerán, en nombre y representación de D. Casimiro, se ha interpuesto recurso de casación contra el Auto de 14 de junio de 2000, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso nº 1695/99.

SEGUNDO

En los autos principales, de los que dimana esta pieza separada de suspensión, ha recaído Sentencia en fecha 19 de septiembre de 2002, quedando unida copia de la misma a los presentes autos.

Siendo Ponente el Excmo. Sr. D. Fernando Ledesma BartretMagistrado de la Sala

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

UNICO.- Como señalan, entre otros muchos, el Auto de esta Sala de 13 de diciembre de 1989, y más recientemente los de 7 de octubre de 1996, 13 de junio de 1997, 1 y 24 de abril de 1998, 4 de octubre de 1999 y 9 de octubre de 2000, la suspensión de la ejecutoriedad de los actos objeto de impugnación es una medida cautelar establecida para garantizar la efectividad de la resolución judicial que en su día pueda recaer en el proceso principal, lo que carece de sentido cuando tal resolución ha sido dictada, como ocurre en este caso, en el que, como ya se ha dicho, ha recaído sentencia en los autos principales.

En consecuencia, al carecer de contenido el presente recurso de casación, procede acordar su archivo, sin que haya lugar a pronunciamiento condenatorio sobre las costas.LA SALA ACUERDA:

declarar sin contenido el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de de D. Casimiro, contra el Auto de 14 de junio de 2000, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Octava) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dictado en la pieza separada de suspensión del recurso nº 1695/99, disponiéndose su archivo; sin expresa imposición de costas.

Lo mandó la Sala y firman los Magistrados Excmos. Sres. al inicio designados.

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