STS, 5 de Mayo de 2001

PonenteGARCIA VARELA, ROMAN
ECLIES:TS:2001:3675
Número de Recurso1049/1995
ProcedimientoCIVIL - 09
Fecha de Resolución 5 de Mayo de 2001
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a cinco de Mayo de dos mil uno.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados reseñados al margen, el incidente sobre impugnación de honorarios por indebidos, promovido por el Procurador don Antonio María Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de don Alfonso , respecto de la tasación de costas practicada a instancia de la Procuradora doña Penélope , en nombre y representación de doña Montserrat .

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En las presentes actuaciones la Sala dictó sentencia en fecha 7 de diciembre de 1999, cuya parte dispositiva dice literalmente: "Que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación interpuesto por don Alfonso contra la sentencia dictada por la Sección Decimocuarta de la Audiencia Provincial de Madrid en fecha de veintiuno de enero de mil novecientos noventa y cinco. Condenamos al recurrente al pago de las costas causadas y a la pérdida del depósito constituido. Comuníquese esta sentencia a la referida Audiencia con devolución de los autos y rollo en su día remitidos".

SEGUNDO

La Procuradora doña Penélope , en nombre y representación de doña Montserrat , mediante escrito de fecha 7 de noviembre de 2000, interesó la práctica de la tasación de costas, adjuntando minuta de la Letrado doña Asunción por importe de seiscientas ochenta y ocho mil trescientas treinta y cuatro pesetas (688.344 ptas), I.V.A. incluido y cuenta de sus derechos por la suma de ciento noventa mil cinco pesetas (190.05 ptas).

TERCERO

Practicada la tasación, el Procurador don Antonio María Álvarez Buylla Ballesteros, en nombre y representación de don Alfonso , la impugnó mediante escrito, de fecha 29 de noviembre de 2000, por considerar excesivos los honorarios de la Letrado doña Asunción e indebidos los de la Procuradora doña Penélope .

CUARTO

Evacuando el traslado conferido, la Procuradora doña Penélope , en la representación acreditada, se opuso a la impugnación mediante escrito, de fecha 22 de enero de 2001, suplicando a la Sala: "Que admita el presente escrito y las manifestaciones que el mismo contiene, y en su virtud, dicte sentencia en el presente incidente de impugnación de la tasación de costas por el concepto de indebidos desestimando la impugnación efectuada por la parte actora condenada a su pago imponiéndole expresamente las costas de dicho incidente".

QUINTO

No habiendo solicitado las partes celebración de vista, se señaló para votación y fallo del presente incidente, el día 26 de abril de 2001, en que tuvo lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. ROMÁN GARCÍA VARELA

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

La representación procesal de don Alfonso impugna por indebidos los derechos de la Procuradora doña Penélope , que fue presentada en la tasación de costas efectuada en este procedimiento, sin embargo su escrito no contiene alegación alguna para justificar su tesis, pues se refiere exclusivamente a la impugnación de dichos derechos por excesivos, lo que es definitivo y concluyente para rechazar la petición aducida.

SEGUNDO

No corresponde verificar un especial pronunciamiento sobre las costas ocasionadas en la tramitación de este incidente.

Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español

FALLAMOS

Que debemos desestimar y desestimamos la impugnación formulada por la representación procesal de don Alfonso contra los derechos, por indebidos, de la Procuradora doña Penélope , con relación al recurso de casación número 1049/95.

No hacemos especial pronunciamiento sobre las costas causadas en la tramitación de este incidente.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos . ROMÁN GARCÍA VARELA; LUIS MARTÍNEZ CALCERRADA GÓMEZ; JESÚS CORBAL FERNÁNDEZ. Firmado y rubricado. PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. Román García Varela, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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