ATS, 28 de Mayo de 2002

PonenteD. ANTONIO ROMERO LORENZO
Número de Recurso81/2002
ProcedimientoExequatur
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2002
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

En la Villa de Madrid, a veintiocho de Mayo de dos mil dos.I. ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El Procurador de los Tribunales Sr. Laguna Alonso, en representación de la entidad francesa "DELTA PRIM, S.A.", formuló demanda de exequatur de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 1.998, dictada por el Tribunal de Comercio de París, Francia, por la que se condenaba a D. Jose Manuely Dª. Inmaculadaal pago de las cantidades que en la misma se detallan.

Por medio de escrito de fecha 25 de abril último, el Procurador Sr. Laguna Alonso, solicitó de la Sala, siguiendo las instrucciones de su mandante, se le tuviera por desistido en el presente procedimiento.

HA SIDO PONENTE EL MAGISTRADO EXCMO. D.Antonio Romero Lorenzo

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO- Habiendo desistido la parte solicitante del procedimiento de exequatur por ella promovido y no siendo dicho desistimiento contrario al orden público ni perjudicial para terceros, procede acordar el mismo, al no existir parte que mantenga el curso de las presentes actuaciones, y, consecuentemente, proceder al archivo de las mismas.LA SALA ACUERDA

  1. - Tener por desistida a la entidad "DELTA PRIM, S.A.", representada por el Procurador Sr. Laguna Alonso, de la solicitud de exequatur de la sentencia de fecha 12 de noviembre de 1.998, dictada por el Tribunal de Comercio de París, Francia, y proceder al archivo de las presentes actuaciones.

  2. - Devuélvase la documentación aportada a la parte solicitante.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen, de lo que com Secretario, certifico.

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