STS 980/2003, 15 de Octubre de 2003

PonenteD. Jesús Corbal Fernández
ECLIES:TS:2003:6339
Número de Recurso2482/1997
ProcedimientoCIVIL - IMPUGNACION DE HONORARIOS POR INDEBIDOS
Número de Resolución980/2003
Fecha de Resolución15 de Octubre de 2003
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

D. CLEMENTE AUGER LIÑAND. ROMAN GARCIA VARELAD. JESUS CORBAL FERNANDEZ

SENTENCIA

En la Villa de Madrid, a quince de Octubre de dos mil tres.

Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Magistrados al margen indicados, el incidente sobre impugnación de honorarios por indebidos interpuesto por D. Antonio , representado por el Procurador D. Ramiro Reynolds Martínez; respecto la tasación instada por la entidad "AGROINDUSTRIAS EL PUERTO, S.L.", representada por la Procurador Dª. María Pilar Cortés Galán.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La Procurador D. María Pilar Cortés Galán, en nombre y representación de la entidad "Agroindustrias El Puerto, S.L.", interesó la práctica de la tasación de costas, a cuyo pago fue condenada la parte contraria, D. Antonio , en la Sentencia dictada por esta Sala de fecha 26 de mayo de 2.003; incluyendo las minutas de honorarios de Letrado, ascendente a la suma de 14.253,15 euros (IVA incluido), y la cuenta de gastos y derechos devengados por el Procurador que importa la cantidad de 1.034 euros (IVA incluido).

SEGUNDO

Practicada la tasación de costas interesada, se dio vista de la misma a la parte condenada al pago, presentándose por el Procurador D. Ramiro Reynolds Martínez, en representación de D. Antonio , escrito impugnando la tasación de costas por el concepto de honorarios indebidos.

TERCERO

Formulada la impugnación se dio traslado de la misma a la parte solicitante de la tasación, quien dentro del término concedido presentó escrito contestando a la impugnación planteada de contrario.

CUARTO

Traídos los autos a la vista con citación de las partes, se señaló para votación y fallo el día 9 de octubre de 2.003., en que ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Excmo. Sr. D. JESÚS CORBAL FERNÁNDEZ

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Esta Sala, en doctrina cuya reiteración excusa de cita cronológica, viene declarando que los temas relativos a la cuantía del procedimiento son ajenos al incidente de impugnación por indebidos, correspondiendo su tratamiento al procedimiento de impugnación por excesivos.

SEGUNDO

No se dan méritos para hacer una expresa imposición de las costas causadas en el incidente.

Por lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español

FALLAMOS

Que desestimamos la solicitud de impugnación de la tasación de costas practicada el 7 de julio de 2.000 por considerar indebidos los derechos del Procurador formulada por el Procurador Dn. Ramiro Reynolds Martínez en representación de Dn. Antonio , sin hacer expresa imposición de las costas causadas. Firme este resolución tramítese la impugnación por excesivos de los honorarios del Letrado.

Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la COLECCIÓN LEGISLATIVA pasándose al efecto las copias necesarias, lo pronunciamos, mandamos y firmamos .- CLEMENTE AUGER LIÑAN.- ROMAN GARCIA VARELA.- JESUS CORBAL FERNANDEZ.- Rubricados. PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el EXCMO. SR. D. Jesús Corbal Fernández, Ponente que ha sido en el trámite de los presentes autos, estando celebrando Audiencia Pública la Sala Primera del Tribunal Supremo, en el día de hoy; de lo que como Secretario de la misma, certifico.

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