STS, 28 de Octubre de 1991
Ponente | VICENTE CONDE MARTIN DE HIJAS |
Número de Recurso | 2985/1989 |
Procedimiento | Recurso de apelación |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 1991 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
sentencia por la que se confirme la dictada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 10 de abril de 1989.
Conclusas las actuaciones, para votación y fallo se señaló
la audiencia del día 24 de octubre de 1991, en cuyo acto tuvo lugar su
celebración, habiéndose observado las formalidades legales referentes al procedimiento.
La cuestión litigiosa objeto del actual proceso consiste
en el cese de un funcionario municipal contratado en régimen de interinidad
para ocupar una determinada plaza hasta tanto se proveyera por la
correspondiente oposición, a la que el recurrente concursó sin éxito,
siendo el motivo de su cese en la plaza su ocupación por la persona que
ganó la oposición.
Definida así la cuestión, es indudable que se trata de una
cuestión de personal, y que la índole de la relación entre el recurrente
la Administración demandada (Ayuntamiento de Rute) no es de las afectantes
a empleados públicos inamovibles, por lo que es encuadrable en el supuesto
del Art. 94.a de nuestra Ley Jurisdiccional, que, como excepción a la regla general de la apelabilidad de las sentencias, establecida en el párrafo primero del Art. 94, establece la inapelabilidad en otros casos. Debemos,
en consecuencia, declarar indebidamente admitido el presente recurso de
apelación, sin entrar en su conocimiento.
No se aprecian motivos que justifiquen una especial imposición de costas.
Que debemos declarar, y declaramos, indebidamente admitido el
presente recurso de apelación, sin entrar por tanto a conocer del fondo
mismo, con devolución de las actuaciones a la Sala de procedencia, y sin
hacer especial imposición de costas.
Así por esta nuestra sentencia, , lo pronunciamos, mandamos y firmamos PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por Excmo. Sr. D. Vicente Conde Martín de Hijas, Magistrado ponente de esta Sala del Tribunal Supremo estando celebrando Audiencia Pública en el mismo día de su fecha, de lo que certifico.
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SAP A Coruña 291/2002, 9 de Septiembre de 2002
...prosperar ha de redundar en provecho de la misma (STS 30 octubre 1986, 13 febrero 1987, 26 noviembre 1987, 15 enero 1988, 21 junio 1989, 28 octubre 1991, 2 octubre 1992 etc.), y, en el caso presente, se pide para la comunidad y no para su presidente en concepto de persona Por otro lado, el ......
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SAP Alicante 317/2012, 14 de Junio de 2012
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