STS, 26 de Junio de 2000

PonenteMARTINEZ GARRIDO, LUIS RAMON
Número de Recurso1512/1999
Procedimiento01
Fecha de Resolución26 de Junio de 2000
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social
ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 20 de marzo de 2.000, se dictó sentencia por esta Sala del Tribunal Supremo cuya parte dispositiva es como sigue: "Estimamos el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la Letrada Dª. Marta R.M., en la representación que ostenta de Dª. ELSA C.B., casamos y anulamos la sentencia recurrida y, resolviendo el debate planteado en suplicación, estimamos el de igual clase interpuesto por la demandante contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 4 de Santander de 30 de junio de 1.997, y, estimando la demanda condenamos a la demandada, INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, al abono de la suma de 4.449.635 pesetas (CUATRO MILLONES CUATROCIENTAS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTAS TREINTA Y, CINCO PESETAS)".

SEGUNDO.- Por la Letrada Dª. Marta R.M., en nombre y representación de Dª. Elsa C.B., se interpuso en escrito de fecha 12 de junio de 2.000, recurso de aclaración contra la sentencia dictada por esta Excma. Sala del Tribunal Supremo de fecha 20 de marzo de 2.000.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que los errores materiales manifiestos y los aritméticos podrán ser rectificados en cualquier momento. Por ello, procede aclarar la sentencia en el sentido de entender que cuanto en la parte dispositiva de la resolución se dice "... estimando la demanda condenamos a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, al abono de la suma de 4.449.635 pts..." debe decirse "... estimando la demanda condenamos a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, al abono de la suma de 4.449.635 pts...".

Procede aclarar la sentencia de fecha 20 de marzo de 2.000, dictada en el presente recurso, en el sentido de entender que cuanto en la parte dispositiva de la resolución se dice "... estimando la demanda condenamos a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, al abono de la suma de 4.449.635 pts..." debe decirse "... estimando la demanda condenamos a la demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, al abono de la suma de 4.449.635 pts..."..

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