Auto Aclaratorio TS, 18 de Marzo de 2021
Ponente | JAVIER HERNANDEZ GARCIA |
ECLI | ES:TS:2021:3942AA |
Número de Recurso | 1895/2019 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 18 de Marzo de 2021 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
RECURSO CASACION núm.: 1895/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Javier Hernández García
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María del Carmen Calvo Velasco TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Miguel Colmenero Menéndez de Luarca
D. Pablo Llarena Conde
Dª. Carmen Lamela Díaz
D. Ángel Luis Hurtado Adrián
D. Javier Hernández García
En Madrid, a 18 de marzo de 2021.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Javier Hernández García.
En fecha 24 de febrero de 2021, se dictó por esta Sala sentencia por la que se declaraba haber lugar parcialmente al recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Sr. Juan Carlos, contra la sentencia dictada el día 25/02/2019, por la Audiencia Provincial de Burgos (Sección 1ª).
En fecha 11 de marzo de 2021, el procurador D. Juan Carlos Yela Ruiz en nombre y representación de D. Juan Carlos, ha solicitado que se aclare o rectifique la citada sentencia, en relación con el pronunciamiento civil por el que se le condena al pago de 15.000€ a los herederos del Sr. Rogelio . TERCERO.- Ha sido Ponente de la presente resolución el Excmo. Sr. Magistrado D. Javier Hernández García.
ÚNICO.- Del examen atento de la pretensión aclaratoria formulado por la representación del Sr. Juan Carlos, no ha lugar a la misma. Desborda de manera absoluta el cauce previsto en en artículo 161 LECrim pretendiendo introducir una nueva pretensión revisora no formulada en el recurso. Además, yerra en términos irreductibles al identificar contradicción. La sentencia negó la condición de acusador particular del Sr. Rogelio, pero de forma expresa se le reconoció su condición de actor civil.
LA SALA ACUERDA : no haber lugar a aclaración de la sentencia de esta Sala de 24 de febrero de 2021, en los términos pretendidos por la representación del Sr. Juan Carlos .
Así se acuerda y firma.