ATS, 24 de Marzo de 2021

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:TS:2021:3461A
Número de Recurso730/2019
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución24 de Marzo de 2021
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 24/03/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 730 /2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD. PROVINCIAL SECCIÓN N. 15 DE BARCELONA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

Transcrito por: FC/rf

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 730/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurora María Del Carmen García Álvarez

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 24 de marzo de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de la mercantil Progedsa Comunicaciones S.L. presentó escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal contra la sentencia de fecha 19 de julio de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación n.º 512/2018, dimanante de juicio sobre impugnación resoluciones de registradores n.º 152/2017, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona.

SEGUNDO

Se tuvo por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los representantes de los litigantes.

TERCERO

Por escrito presentado por el procurador D. Ignacio López Chocarro, en representación de la mercantil Progedsa Comunicaciones S.L., se persona en calidad de parte recurrente. Por escrito presentado por el Abogado del Estado, en representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado, se persona en calidad de parte recurrida. Por escrito presentado por la procuradora D.ª Ana Isabel Arranz Grande, en representación de D. Emiliano, se persona en calidad de parte recurrida.

CUARTO

La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil Progedsa Comunicaciones S.L., al concurrir, prima facie, los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º del art. 477.2 LEC y art 469 LEC.

SEGUNDO

De conformidad con los arts. 485 y 474 LEC la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición a los recursos formulados, por escrito, en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. - Admitir los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal interpuestos por la representación procesal de la mercantil Progedsa Comunicaciones S.L., contra la sentencia de fecha 19 de julio de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª), en el rollo de apelación n.º 512/2018, dimanante de juicio sobre impugnación resoluciones de registradores n.º 152/2017, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Barcelona.

  2. - De conformidad con los arts. 485 y 474 LEC la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición a los recursos formulados, por escrito, en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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