ATS, 13 de Enero de 2021

PonenteJOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
ECLIES:TS:2021:249A
Número de Recurso4899/2018
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución13 de Enero de 2021
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 13/01/2021

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4899 /2018

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 7 DE VALENCIA

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

Transcrito por: MOG/I

Nota:

CASACIÓN núm.: 4899/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D. José Luis Seoane Spiegelberg

En Madrid, a 13 de enero de 2021.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Luis Seoane Spiegelberg.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Mario, D. Jacobo, D.ª María Esther, D.ª María Rosario, D. Millán, D. Narciso, D.ª Aida, interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada, el 17 de septiembre de 2018, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 336/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 383/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 18 de Valencia.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.

TERCERO

El procurador D. Jesús Aguilar España presentó escrito en nombre y representación de D. Mario, D. Jacobo, D.ª María Esther, D.ª María Rosario, D. Millán, D. Narciso, D.ª Aida personándose como parte recurrente. La procuradora D.ª Blanca María Grande Pesquero se personó en nombre y representación del Banco Sabadell en concepto de parte recurrida y el procurador D. Esteban Jabardo Margareto se personó en nombre y representación del BBVA, S.A en concepto de recurrido y formuló alegaciones oponiéndose a la admisión de los recursos.

CUARTO

El recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de D. Mario, D. Jacobo, D.ª María Esther, D.ª María Rosario, D. Millán, D. Narciso, D.ª Aida dado que se han justificado los presupuestos que determinan el acceso a los recursos.

SEGUNDO

No procede en este momento hacer pronunciamiento sobre las causas de inadmisión alegadas por la representación del BBVA, S.A, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en sentencia.

TERCERO

De conformidad con el art. 485 LEC, los Bancos recurridos podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

CUARTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 208.4 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Mario, D. Jacobo, D.ª María Esther, D.ª María Rosario, D. Millán, D. Narciso, D.ª Aida, contra la sentencia dictada, el 17 de septiembre de 2018, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 7.ª), en el rollo de apelación n.º 336/2018, dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 383/2016 del Juzgado de Primera Instancia n.º 18 de Valencia.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que las partes recurridas formalicen por escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR