ATS, 9 de Diciembre de 2020
Ponente | JUAN MARIA DIAZ FRAILE |
ECLI | ES:TS:2020:11758A |
Número de Recurso | 2051/2020 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 9 de Diciembre de 2020 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 09/12/2020
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 2051 /2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE MURCIA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
Transcrito por: APH/I
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 2051/2020
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Angeles Bartolomé Pardo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marín Castán, presidente
D. Rafael Sarazá Jimena
D. Juan María Díaz Fraile
En Madrid, a 9 de diciembre de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile.
La representación procesal de Unidad Editorial S.L. "El Mundo" presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y de casación contra la sentencia dictada con fecha de 13 de enero de 2020 por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 559/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 927/2017 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Murcia.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
Por el procurador don José Augusto Hernández Foulquié se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrente. Por el procurador don Justo Páez Navarro, en nombre y representación de doña Martina, se presentó escrito personándose ante esta sala en calidad de parte recurrida. En este procedimiento es parte el Ministerio Fiscal.
Procede admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Unidad Editorial S.L. "El Mundo" al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad con el artículo 485 LEC, la parte recurrida, así como el Ministerio Fiscal, podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA:
-
) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por Unidad Editorial S.L. "El Mundo" contra la sentencia dictada con fecha de 13 de enero de 2020 por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 559/2019, dimanante del juicio ordinario n.º 927/2017 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Murcia.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.