ATS, 3 de Noviembre de 2020

PonenteJULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
ECLIES:TS:2020:10382A
Número de Recurso504/2020
ProcedimientoRecurso de revisión
Fecha de Resolución 3 de Noviembre de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 03/11/2020

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 504/2020

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Julián Sánchez Melgar

Procedencia: Sala Segunda del Tribunal Supremo

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

Transcrito por: BDL

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 504/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. Julián Sánchez Melgar

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Manuel Marchena Gómez, presidente

D. Julián Sánchez Melgar

Dª. Susana Polo García

En Madrid, a 3 de noviembre de 2020.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Julián Sánchez Melgar.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Que por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona se dictó Sentencia 833/2019-MM con fecha 11 de diciembre de 2019 en causa PA 78/2019 dimanante de las DP 305/15 del Juzgado de Instrucción núm. 3 de Sant Feliu de Llobregat seguidas contra el acusado DON Casiano, por delitos de estafa y apropiación indebida agravada, sentencia absolutoria.

SEGUNDO

Por la Procuradora de los Tribunales Doña Paula Vignes Izquierdo en nombre y representación de las acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL, se presenta escrito de 7 de enero de 2020 anunciando la intención de interponer recurso de casación contra la mencionada Sentencia 833/2019-MM, de 11 de diciembre de 2019 de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona.

TERCERO

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona con fecha 17 de enero de 2020 dicta Auto teniendo por preparado el recurso de casación anunciado frente a la mencionada Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona 833/2019-MM de 11 de diciembre de 2019, emplazando a las partes para que comparezcan ante esta Sala Segunda del Tribunal Supremo en el término improrrogable de 15 días.

QUINTO

Por escrito de 13 de febrero de 2020 el Procurador de los Tribunales Don Noel Dorremochea Guiot en nombre de las Acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL, comparece ante esta Sala e <<... interesa se amplie el plazo por diez días para completar y formalizar el recurso de casación anunciado por no tener todas las copias de grabación de sesiones de Juicio Oral imprescindibles todas ellas para la formalización del recurso de casación anunciado.>>

SEXTO

La Ilma Sra Letrada de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo con fecha 13 de marzo de 2020 dicta Diligencia de Ordenación en el sentido de conceder el plazo de quince días para la formalización del recurso de casación anunciado.

SÉPTIMO

Por escrito de 24 de junio de 2020 el Procurador de los Tribunales Don Noel Dorremochea Guiot en nombre de las Acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL , comparece ante esta Sala e <<... interesa se conceda el plazo de 10 días para presentar recurso de casación en su día anunciado, por faltar documentación de interés para con ello poder formalizar el recurso sin generar indefensión a quienes represento, al amparo entre otros del art. 24 de la CE .>>

OCTAVO

La Ilma Sra Letrada de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo con fecha 2 de julio de 2020 dicta Diligencia de Ordenación en el sentido de conceder un nuevo plazo de diez días para la formalización del recurso de casación anunciado.

NOVENO

Por escrito de 17 de julio de 2020 el Procurador de los Tribunales Don Noel Dorremochea Guiot en nombre de las Acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL, comparece ante esta Sala e <<... interesa se conceda el plazo de 10 días para presentar recurso de casación en su día anunciado, por faltar documentación de interés para con ello poder formalizar el recurso sin generar indefensión a quienes represento, que por motivos COVID 19 a día de hoy no se ha podido obtener, al amparo entre otros art. 24 de la CE .>>

DÉCIMO

La Ilma Sra Letrada de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo con fecha 21 de julio de 2020 dicta Diligencia de Ordenación en el sentido de conceder un nuevo plazo de cinco días para la formalización del recurso de casación anunciado.

UNDÉCIMO

Por escrito de 29 de julio de 2020 el Procurador de los Tribunales Don Noel Dorremochea Guiot en nombre de las Acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL, comparece ante esta Sala e <<... interesa se conceda un único plazo de 5 días para presentar recurso de casación en su día anunciado, por faltar documentación de interés para con ello poder formalizar el recurso sin generar indefensión a quienes represento, que por motivos COVID 19 a día de hoy no se ha podido obtener, al amparo entre otros art. 24 de la CE .>>

DUODÉCIMO

La Ilma Sra Letrada de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo con fecha 30 de julio de 2020 dicta Decreto, cuya Parte Dispositiva es la siguiente:

DISPONGO: TENER POR DESIERTO con imposición de costas el recurso que se preparó por DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL, contra la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial Sección núm. 2 de Barcelona, a que se refiere el presente rollo, lo que se comunicará a dicha Audiencia, interesando acuse de recibo.

SEXTO

El Procurador de los Tribunales Don Noel Dorremochea Guiot en nombre de las Acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL , presenta escrito de 13 de agosto de 2020 interponiendo recurso de revisión frente al anterior Decreto.

SÉPTIMO

El MINISTERIO FISCAL emite informe con fecha 8 de octubre de 2020, solicitando la desestimación del recurso interpuesto.

OCTAVO

Con fecha 27 de octubre de 2020 se dicta Diligencia de Ordenación pasando las actuaciones al Excmo. Sr. Magistrado Ponente Don Julián Sánchez Melgar, para resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Los hoy recurrentes acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL formulan recurso directo de revisión frente al Decreto de 30 de julio de 2020 de la Ilma Sra. Letrada de la Administración de Justicia de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo que declaró desierto el recurso de casación anunciado en su día en tiempo y forma por la representación procesal de dichos recurrentes, frente a la Sentencia 833/2019-MM, de 11 de diciembre de 2019 dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona

SEGUNDO.- Desde un plano estrictamente formal, en el trámite oportuno, el anuncio de la formalización del recurso de casación, lo fue en tiempo y forma.

Ahora bien, a la hora de formalizar el recurso de casación anunciado, se le ha concedido a los recurrentes tres plazos para llevarlo a cabo, alegando en todos ellos el no disponer de la documentación precisa parta poder realizarlo, y nada justificaría la concesión de un nuevo aplazamiento máxime teniendo en cuenta que la casación no es vía adecuada para introducir nueva documentación al proceso.

Como bien indican entre otras la STS 19/83 de 14 de marzo, y STS 95/83 de 14 de noviembre, el acceso a los recursos, que supone una manifestación del derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a la jurisdicción, debe encauzarse a través de los requisitos previstos en la Ley, y muy singularmente el cumplimiento de los términos y plazos, ya que las formas y requisitos procesales cumplen un papel de capital importancia para la ordenación del proceso, y no puede dejarse su cumplimiento al libre albedrío de la parte, ni tampoco la disponibilidad en el tiempo en que deben realizarse.

En consecuencia, procede la desestimación del recurso directo de revisión interpuesto frente al Decreto de la Ilma Sra. Letrada de la Administración de Justicia.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

DESESTIMAR el recurso de revisión interpuesto por la representación legal de las acusaciones particulares DON Cirilo, DON Cosme, DON Dimas y la mercantil JPG RETOLACIÓ SL frente al Decreto de la Iltma. Sra. Letrada de la Administración de Justicia de esta Sala Segunda del Tribunal Supremo de fecha 30 de julio de 2020.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Manuel Marchena Gómez Julián Sánchez Melgar Susana Polo García

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