ATS, 29 de Septiembre de 2020

PonenteCESAR TOLOSA TRIBIÑO
ECLIES:TS:2020:8109A
Número de Recurso1685/2020
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Primera

Auto núm. /

Fecha del auto: 29/09/2020

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 1685/2020

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. César Tolosa Tribiño

Procedencia: T.S.J.ANDALUCIA CON/AD SEC.3

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca

Transcrito por:

Nota:

R. CASACION núm.: 1685/2020

Ponente: Excmo. Sr. D. César Tolosa Tribiño

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Primera

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, presidente

D. Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo

D. César Tolosa Tribiño

D. Ángel Ramón Arozamena Laso

D. Dimitry Berberoff Ayuda

En Madrid, a 29 de septiembre de 2020.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. César Tolosa Tribiño.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por escrito presentado por el procurador D. Javier Segura Zariquiey, en representación de la mercantil CORAL HOME S.L.U., se ha solicitado la sucesión procesal de esta última en la posición procesal de parte recurrida que venía ostentando en el presente litigio la mercantil BUILDINGCENTER S.A.U., por razón de la transmisión a aquella de la propiedad de los inmuebles afectados por la Orden Ministerial impugnada en el proceso y anulada por la sentencia de instancia, ahora recurrida en casación por la Junta de Andalucía.

SEGUNDO

Dado traslado a la parte recurrente para alegaciones, la sra. letrada de la Junta de Andalucía ha evacuado el trámite señalando que si efectivamente se hubiera producido la adquisición de los terrenos afectados por el procedimiento, no se opondría a la sucesión procesal.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de 17 de julio de 2020 se acuerda pasar las actuaciones al Sr. magistrado ponente, para resolver sobre la solicitud de sucesión procesal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO- A la vista de los escritos y alegaciones de las partes y la documentación justificativa aportada por la actora, se entiende suficientemente acreditada la transmisión del objeto del litigio a favor de la entidad mercantil CORAL HOME S.L.U., por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 17 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, procede acordar la sucesión procesal de la misma en posición de la inicial recurrida, entendiéndose con la misma las sucesivas actuaciones.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

Tener a la entidad mercantil CORAL HOME S.L.U. como sucesora en la posición procesal a la entidad inicialmente recurrida en casación (BUILDINGCENTER S.A.U.), entendiéndose con la misma las sucesivas actuaciones.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Jorge Rodríguez-Zapata Pérez, Antonio J. Fonseca-Herrero Raimundo, César Tolosa Tribiño,

Ángel Arozamena Laso, Dimitry Berberoff Ayuda.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR