ATS, 28 de Mayo de 2020
Jurisdicción | España |
Fecha | 28 Mayo 2020 |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Fecha del auto: 28/05/2020
Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)
Número del procedimiento: 84/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado
Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
Transcrito por: PJM
Nota:
REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 84/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Excmos. Sres.
D. Luis María Díez-Picazo Giménez, presidente
D. Jorge Rodríguez-Zapata Pérez
D. Segundo Menéndez Pérez
D. Nicolás Maurandi Guillén
D. Eduardo Espín Templado
En Madrid, a 28 de mayo de 2020.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado.
En el presente recurso contencioso-administrativo la parte actora ha formulado en su escritos de demanda -segundo otrosí digo- solicitud de recibimiento a prueba del mismo y proposición de documental consistente en que se tengan por reproducidos la documentación aportada por dicha parte con su escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo y el expediente administrativo.
Dado traslado del citado escrito a la Administración demandada, el Sr. Abogado del Estado en su escrito de contestación no realiza manifiestación ninguna respecto a la solicitud de recibimiento a prueba.
ÚNICO.- A la vista de la solicitud formulada por la parte demandante y teniendo en cuenta las circunstancias concurrentes en el pleito, considera la Sala pertinente acceder a dicha solicitud y admitir el medio probatorio propuesto.
Recibir el presente recurso a prueba.
Admitir la prueba documental propuesta, teniéndose por reproducidos a efectos probatorios los documentos aportados por la parte actora con su escrito de interposición del recurso contencioso-administrativo y el expediente administrativo.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.