ATS, 26 de Febrero de 2020
Ponente | LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ |
ECLI | ES:TS:2020:1979A |
Número de Recurso | 22/2019 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Fecha de Resolución | 26 de Febrero de 2020 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Primera
Auto núm. /
Fecha del auto: 26/02/2020
Tipo de procedimiento: CUESTION DE COMPETENCIA
Número del procedimiento: 22/2019
Fallo
/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez
Procedencia: T.S.J.LA RIOJA SALA CON/AD
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín Transcrito por: FJNR/PET
Nota:
CUESTION DE COMPETENCIA núm.: 22/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Primera
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Luis María Díez-Picazo Giménez, presidente
D. José Luis Requero Ibáñez
D. César Tolosa Tribiño
D. Fernando Román García
D. Dimitry Berberoff Ayuda
En Madrid, a 26 de febrero de 2020.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Luis María Díez-Picazo Giménez.
ÚNICO.- Por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja se remiten, junto con exposición razonada, las actuaciones del procedimiento ordinario n.º 122/2019, por considerar que corresponde a este Alto Tribunal el conocimiento de dicho recurso.
Dado el oportuno traslado al Ministerio Fiscal, emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer corresponde al Tribunal Supremo. En el mismo sentido se pronuncian el abogado del Estado -parte recurrida-.
ÚNICO .- La presente exposición tiene su origen en la impugnación por Adelfas Energía, S.L. de la Orden TEC/322/2019, de 20 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2019.
Mediante acuerdo de 14 de marzo de 2019, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos ha autorizado a la Ministra para la Transición Ecológica a dictar la anterior orden. A la vista de lo anterior, y de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, a quien corresponde conocer en única instancia de los recursos que se deduzcan en relación con los actos y disposiciones del Consejo de Ministros y de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
En su virtud,
LA SALA ACUERDA : 1.º) Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contenciosoadministrativo interpuesto por Adelfas Energía, S.L. contra la Orden TEC/322/2019, de 20 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2019.
-
) Remitir las presentes actuaciones a la Sección Tercera de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso-administrativo.
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) Poner esta resolución en conocimiento de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, y
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) Notificar la presente resolución a las partes personadas.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.