ATS, 26 de Febrero de 2020

PonenteJUAN MARIA DIAZ FRAILE
ECLIES:TS:2020:1845A
Número de Recurso5534/2019
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución26 de Febrero de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 26/02/2020

Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL

Número del procedimiento: 5534 / 2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 9 DE ALICANTE

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu Transcrito por: RRL/I

Nota:

CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 5534/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marín Castán, presidente

D. Rafael Sarazá Jimena

D. Juan María Díaz Fraile

En Madrid, a 26 de febrero de 2020.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan María Díaz Fraile.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Juan Carlos, de Máquinas de Venta S.L. y de Automáticos de Venta S.L. presentó escrito de interposición de recursos extraordinario por infracción procesal y de casación

contra la sentencia dictada con fecha de 18 de junio de 2018 por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Novena), en el rollo de apelación n.º 1163/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 1956/2014 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Elche.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días. TERCERO .- La procuradora D.ª Teresa Húngaro Favieri, en nombre y representación de D. Juan Carlos, de Máquinas de Venta S.L. y de Automáticos de Venta S.L., se presentó escrito en tiempo y forma a través del cual se personó ante esta sala en calidad de parte recurrente. No consta personada la parte recurrida. Es parte el Ministerio Fiscal.

CUARTO

La recurrente ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la LOPJ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D. Juan Carlos, de Máquinas de Venta S.L. y de Automáticos de Venta S.L., al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.

SEGUNDO

De conformidad y a los f‌ines dispuestos en los artículos 474 y 485 de la LEC, dese traslado al Ministerio Fiscal para que, en el plazo de veinte días, formalice por escrito su oposición a los recursos.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D. Juan Carlos, de Máquinas de Venta S.L. y de Automáticos de Venta S.L. contra la sentencia de fecha 18 de junio de 2018 dictada por la Audiencia Provincial de Alicante (Sección Novena), en el rollo de apelación n.º 1163/2018, dimanante del juicio ordinario n.º 1956/2014 del Juzgado de Primera instancia n.º 1 de Elche.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notif‌icación de este auto, para dar traslado al Ministerio Fiscal para que el formalice por escrito su oposición a los recursos.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y f‌irman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR