Auto Aclaratorio TS, 23 de Enero de 2020

PonenteANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
ECLIES:TS:2020:894AA
Número de Recurso2356/2017
ProcedimientoRecurso de casación para la unificación de doctrina
Fecha de Resolución23 de Enero de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Cuarta, de lo Social

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Social

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha de sentencia: 23/01/2020

Tipo de procedimiento: UNIFICACIÓN DOCTRINA

Número del procedimiento: 2356/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez Transcrito por: MGC

Nota:

UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 2356/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Santiago Rivera Jiménez TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Social

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excmas. Sras.

Dª. María Luisa Segoviano Astaburuaga

D. Ángel Blasco Pellicer

D. Sebastián Moralo Gallego

Dª. María Luz García Paredes

Dª. Concepción Rosario Ureste García

En Madrid, a 23 de enero de 2020.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ángel Blasco Pellicer.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

El pasado 12 de noviembre de 2019 se dictó sentencia en cuya parte dispositiva, apartado 2 y 3 dice: "2.- Casar y anular la sentencia dictada el 25 de abril de 2017 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso de suplicación núm. 185/2017. 3.- Resolver el debate en Suplicación desestimando el de tal clase y conf‌irmar la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 27 de enero de 2017, recaída en autos núm. 142/2016, seguidos a instancia de Dª. Inmaculada, en representación de su esposo D. Jesús María, frente a Espectáculos Hamelín SL y su administración concursal Postigo Auditores SLP; y la aseguradora RSA España (Royal & Insurance PLC Sucursal en España, sobre cantidad". SEGUNDO.- Por la letrada Dª. Adina Ioana Lapusan, en nombre y representación de Dª Inmaculada, se presentó escrito en el que manifestaba que la sentencia anterior incurría en el error subsanable de no indicar la situación procesal en la que quedaba la empresa codemandada ESPECTÁCULOS HAMELÍN, S.L. por lo que solicitaba la aclaración de la sentencia en este punto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Conforme a lo dispuesto en el art. 267.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procede acceder a la aclaración solicitada y rectif‌icar el error material producido en la sentencia dictada por esta Sala en fecha 12 de noviembre de 2019, consistente en no precisar la situación en la que quedaba la codemandada Espectáculos Hamelín, S.L., tal como solicitó la parte actora y recurrida el escrito de impugnación al recurso. En consecuencia, debe rectif‌icarse la parte dispositiva de dicha sentencia, para acomodar la misma, en sus apartados 2 y 3 a lo dispuesto en el apartado 1 de dicha parte dispositiva, de conformidad con lo razonado en los fundamentos de derecho.

Por lo expuesto, en nombre de S. M. El Rey y por la autoridad conferida por el pueblo español.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Aclarar el error material sufrido en la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2019 dictada por esta Sala en el recurso de unif‌icación de doctrina nº 2356/2017, en su parte dispositiva, de conformidad con lo siguiente:

En el apartado 2 donde dice: "Casar y anular la sentencia dictada el 25 de abril de 2017 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso de suplicación núm. 185/2017"; debe decir. "Casar y anular en parte la sentencia dictada el 25 de abril de 2017 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso de suplicación núm. 185/2017".

En el apartado 3 donde dice: "Resolver el debate en Suplicación desestimando el de tal clase y conf‌irmar la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 4 de Zaragoza, de fecha 27 de enero de 2017, recaída en autos núm. 142/2016, seguidos a instancia de Dª. Inmaculada, en representación de su esposo D. Jesús María, frente a Espectáculos Hamelín SL y su administración concursal Postigo Auditores SLP; y la aseguradora RSA España (Royal & Insurance PLC Sucursal en España, sobre cantidad" debe decir: "Conf‌irmar parcialmente la sentencia dictada el 25 de abril de 2017 por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el recurso de suplicación núm. 185/2017, en lo que se ref‌iere a la condena a Espectáculos Hamelin, SL". Así se acuerda y f‌irma.

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