ATS, 22 de Enero de 2020
Ponente | MANUEL MARCHENA GOMEZ |
ECLI | ES:TS:2020:731A |
Número de Recurso | 20907/2017 |
Procedimiento | Causa especial |
Fecha de Resolución | 22 de Enero de 2020 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Fecha del auto: 22/01/2020
Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL
Número del procedimiento: 20907/2017
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez
Procedencia: EJECUTORIA 12/2019
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Transcrito por: FGR
Nota:
CAUSA ESPECIAL núm.: 20907/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Manuel Marchena Gómez, presidente
D. Andrés Martínez Arrieta
D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre
D. Antonio del Moral García
D. Andrés Palomo Del Arco
Dª. Ana María Ferrer García
En Madrid, a 22 de enero de 2020.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez.
Por dada cuenta, del anterior informe del Ministerio Fiscal, únase a la ejecutoria de su razón y se tiene por evacuado el traslado conferido.
-
- Practicadas las correspondientes liquidaciones de condena relativas a las penas de 10 meses de multa, con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses, a que ha sido condenada Adelina como autora de un delito de desobediencia, con fecha de extinción el 9 de junio de 2021, para la pena de inhabilitación; y al pago de 35.600 euros para la pena de multa, en este trámite se dio traslado al Ministerio Fiscal y a la defensa de la penada, quienes no han promovido impugnación alguna contra dichas liquidaciones.
-
- Es Ponente de la presente resolución el Magistrado Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.
ÚNICO.- Siendo correctas las liquidaciones de condena practicadas, y no habiéndose mostrado oposición a las mismas, procede su aprobación.
LA SALA ACUERDA: APROBAR las liquidaciones de condena practicadas en este procedimiento relativas a las penas de 10 meses de multa con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses, en relación con la penada Adelina que concluirá el 9 DE JUNIO DE 2021, para la pena de inhabilitación; Y AL PAGO DE 35.600 euros para la pena de multa.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Manuel Marchena Gómez D. Andrés Martínez Arrieta D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre
D. Antonio del Moral García D. Andrés Palomo del Arco Dª Ana Mª Ferrer García