ATS, 22 de Enero de 2020

PonenteMANUEL MARCHENA GOMEZ
ECLIES:TS:2020:731A
Número de Recurso20907/2017
ProcedimientoCausa especial
Fecha de Resolución22 de Enero de 2020
EmisorTribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Fecha del auto: 22/01/2020

Tipo de procedimiento: CAUSA ESPECIAL

Número del procedimiento: 20907/2017

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez

Procedencia: EJECUTORIA 12/2019

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

Transcrito por: FGR

Nota:

CAUSA ESPECIAL núm.: 20907/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Penal

Auto núm. /

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Manuel Marchena Gómez, presidente

D. Andrés Martínez Arrieta

D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre

D. Antonio del Moral García

D. Andrés Palomo Del Arco

Dª. Ana María Ferrer García

En Madrid, a 22 de enero de 2020.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Manuel Marchena Gómez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Por dada cuenta, del anterior informe del Ministerio Fiscal, únase a la ejecutoria de su razón y se tiene por evacuado el traslado conferido.

  1. - Practicadas las correspondientes liquidaciones de condena relativas a las penas de 10 meses de multa, con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses, a que ha sido condenada Adelina como autora de un delito de desobediencia, con fecha de extinción el 9 de junio de 2021, para la pena de inhabilitación; y al pago de 35.600 euros para la pena de multa, en este trámite se dio traslado al Ministerio Fiscal y a la defensa de la penada, quienes no han promovido impugnación alguna contra dichas liquidaciones.

  2. - Es Ponente de la presente resolución el Magistrado Excmo. Sr. Don Manuel Marchena Gómez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Siendo correctas las liquidaciones de condena practicadas, y no habiéndose mostrado oposición a las mismas, procede su aprobación.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: APROBAR las liquidaciones de condena practicadas en este procedimiento relativas a las penas de 10 meses de multa con responsabilidad personal subsidiaria de un día por cada dos cuotas no satisfechas, e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean de ámbito estatal, autonómico o local, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en el ámbito estatal, autonómico o local, por tiempo de 1 año y 8 meses, en relación con la penada Adelina que concluirá el 9 DE JUNIO DE 2021, para la pena de inhabilitación; Y AL PAGO DE 35.600 euros para la pena de multa.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Manuel Marchena Gómez D. Andrés Martínez Arrieta D. Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre

D. Antonio del Moral García D. Andrés Palomo del Arco Dª Ana Mª Ferrer García

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