Auto Aclaratorio TS, 3 de Diciembre de 2019

PonenteJOSE DIAZ DELGADO
ECLIES:TS:2019:13965AA
Número de Recurso2788/2015
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO CASACION núm.: 2788/2015

Ponente: Excmo. Sr. D. José Díaz Delgado

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. José Díaz Delgado

D. Ángel Aguallo Avilés

D. Jesús Cudero Blas

D. Rafael Toledano Cantero

D. Isaac Merino Jara

En Madrid, a 3 de diciembre de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. José Díaz Delgado.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por Diligencia de Ordenación de 25 de noviembre de dos mil diecinueve se manifiesta: "que comprobado error material en el inicio y en el fallo de la sentencia nº 1578/2019 de fecha 13 de noviembre de 2019, dictada en estas actuaciones (008/2788/2018), consistente que donde dice "recurso de casación núm. 2778/2015", debe decir "recurso de casación núm. 2788/2015" doy cuenta al Excmo. Sr. Ponente D. José Díaz Delgado".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- "1. Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan".

"..3. Los errores materiales manifiestos y los aritméticos en que incurran las resoluciones judiciales podrán ser rectificados en cualquier momento".

Se advierte, tanto en el inicio como en el fallo de la sentencia, que figura como número del recurso de casación el 2778/2018 cuando en realidad debería de ser el 2788/2015. Se trata de un error material y mecanográfico en la sentencia que no tiene incidencia en el resultado del procedimiento por lo que, a tenor del precepto transcrito, se rectifica el error material padecido en la sentencia.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Rectificar el error material advertido en el inicio y en el fallo de la sentencia, de modo que donde figura como número del recurso de casación 2778/2015 debe figurar el número del recurso de casación 2788/2015

Así se acuerda y firma.

D. José Díaz Delgado D. Ángel Aguallo Avilés

D. Jesús Cudero Blas D. Rafael Toledano Cantero

D. Isaac Merino Jara

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