Auto Aclaratorio TS, 20 de Noviembre de 2019
Ponente | FRANCISCO JAVIER BORREGO BORREGO |
ECLI | ES:TS:2019:13944AA |
Número de Recurso | 1366/2016 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 20 de Noviembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Fecha del auto: 20/11/2019
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 1366/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Borrego Borrego
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo Transcrito por: Iga
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 1366/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Borrego Borrego
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. José Manuel Sieira Míguez
D. Rafael Fernández Valverde
D. Octavio Juan Herrero Pina
Dª. Inés Huerta Garicano
D. César Tolosa Tribiño
D. Francisco Javier Borrego Borrego
En Madrid, a 20 de noviembre de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Borrego Borrego.
En las presentes actuaciones esta Sección dictó sentencia de fecha 11 de noviembre de 2019 desestimatoria del recurso de casación interpuesto por la representación procesal Sacova Centros Residenciales S.L., y por la representación procesal de Residencia Tercera Edad Parqueluz S.L., Quality Senior S.L., Vergel Senior S.L., Centro Residenciales Savia S.L., Geroresidencias S.L., Servicios Valencianos Sociosanitarios S.L., Geroresidenciales Solimar S.L.; contra la sentencia de 12 de enero de 2016, dictada en el recurso 349/2012, por la Secc. 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Valencia. SEGUNDO. - Notificada la sentencia a las partes, la procuradora Dª. Teresa López Roses presentó, con fecha 13 de noviembre de 2019, escrito solicitando la rectificación de error material en el nombre y apellido del letrado de la Asociación de Residencias y Servicios de Atención a los mayores de la Comunidad Valenciana-sector solidario-. Debido a que en la sentencia se dice: "Asociación de Residencias y Servicios de Atención a los mayores de la Comunidad Valenciana, representada por la procuradora D.ª Teresa López Roses y defendida por el letrado D. Marcelino Jorge Sánchez Tarazaga " cuando se debería decir: "Asociación de Residencias y Servicios de Atención a los mayores de la Comunidad Valenciana, representada por la procuradora D.ª Teresa López Roses y defendida por el letrado D. Jorge Sánchez-Tarazaga y Marcelino ".
UNICO.- Conforme al art. 214.1 LEC:"Los tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas, pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan". Y comprobado el error material en el nombre y apellido del letrado, procede rectificarlo en el sentido interesado, por ello:
LA SALA ACUERDA : Rectificar el error material advertido en la sentencia nº 1565/2019, de fecha 11 de noviembre 2019, en el recurso de casación 1366/2016, dictada por esta Sala y Sección, en los términos expuestos de manera que donde la sentencia dice: "Asociación de Residencias y Servicios de Atención a los mayores de la Comunidad Valenciana, representada por la procuradora D.ª Teresa López Roses y defendida por el letrado D. Marcelino Jorge Sánchez Tarazaga" debería decir: "Asociación de Residencias y Servicios de Atención a los mayores de la Comunidad Valenciana, representada por la procuradora D.ª Teresa López Roses y defendida por el letrado D. Jorge Sánchez-Tarazaga y Marcelino".
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.
Así se acuerda y firma.
D. José Manuel Sieira Míguez D. Rafael Fernández Valverde D. Octavio Juan Herrero Pina Dª Inés Huerta Garicano D. César Tolosa Tribiño D. Francisco Javier Borrego Borrego