ATS, 27 de Noviembre de 2019

PonenteJAVIER JULIANI HERNAN
ECLIES:TS:2019:12540A
Número de Recurso39/2019
ProcedimientoRecurso contencioso-disciplinario militar ordinario
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Quinta, de lo Militar

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Militar

AUTO

Fecha del auto: 27/11/2019

Tipo de procedimiento: REC. CONTENCIOSO. DISCIPLI. MILITAR ORDINARIO

Número del procedimiento: 39/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Javier Juliani Hernan

Procedencia: MINISTERIO DEFENSA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Vicente García Fernández

Transcrito por: MBR

Nota:

REC. CONTENCIOSO. DISCIPLI. MILITAR ORDINARIO núm.: 39/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Javier Juliani Hernan

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Vicente García Fernández

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Militar

AUTO

Excmos. Sres.

D. Angel Calderon Cerezo, presidente

D. Javier Juliani Hernan

D. Jose Alberto Fernandez Rodera

En Madrid, a 27 de noviembre de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Javier Juliani Hernan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

En el recurso contencioso disciplinario militar ordinario número 204/39/2019 interpuesto por el sargento de la Guardia Civil Don Serafin, esta Sala dictó Auto el día 22 de octubre de 2019 en el que se acordó el recibimiento a prueba del procedimiento.

SEGUNDO

El recurrente, en escrito que presenta con fecha 4 de noviembre de 2019 en el Registro General de este Tribunal, propone la práctica de prueba documental consistente en que se oficie a la Dirección General de Personal de la Subsecretaría de Defensa a fin de que se remita a esta Sala el informe médico emitido por Sanidad Militar correspondiente al reconocimiento médico no periódico realizado al demandante con fecha 09 de abril de 2018 y el informe médico emitido por el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA) en el reconocimiento médico realizado al demandante con fecha 06 de noviembre de 2018.

Así mismo por escrito presentado en el Registro de este Tribunal Supremo el 19 de noviembre de 2019 solicita la incorporación a las actuaciones del informe de fecha 18 de noviembre emitido por el director del programa para rehabilitación de toxicómanos "Proyecto Hombre".

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Javier Juliani Hernan, Magistrado de Sala

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El artículo 485 de la Ley Procesal Militar determina que la prueba se desarrollará con arreglo a las normas establecidas para el proceso civil, si bien el plazo será de veinte días comunes para proponer y practicar, prorrogables hasta treinta si el Tribunal lo estima necesario.

SEGUNDO

En relación con la prueba documental propuesta por la parte recurrente, la Sala estima que procede acceder a la práctica de la misma, solicitando a la Dirección General de Personal de la Subsecretaría de Defensa que remita la oportuna documentación médica de D. Serafin, obrante en el historial médico del mismo:

  1. Informe médico emitido por Sanidad Militar correspondiente al reconocimiento médico no periódico realizado al demandante con fecha 09 de abril de 2018

  2. Informe médico emitido por el Centro de Instrucción de Medicina Aeroespacial (CIMA) en el reconocimiento médico realizado al demandante con fecha 06 de noviembre de 2018.

TERCERO

Respecto del informe aportado por el demandante de fecha 18 de noviembre, emitido por el director del programa para rehabilitación de toxicómanos "Proyecto Hombre", procede unirlo a esta a esta pieza separada de prueba a los efectos pertinentes.

Por lo expuesto,

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

PRIMERO

Ampliar el período de prueba, según lo señalado en el artículo 485 de la Ley Procesal Militar, hasta los treinta días.

SEGUNDO

Dejar unido a esta pieza separada de prueba el informe aportado por el demandante de fecha 18 de noviembre, emitido por el director del programa para rehabilitación de toxicómanos "Proyecto Hombre".

TERCERO

Admitir en los términos antes expresados la prueba documental solicitada por el recurrente, librando los oportunos oficios.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

Angel Calderon Cerezo

Javier Juliani Hernan Jose Alberto Fernandez Rodera

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