Auto Aclaratorio TS, 26 de Septiembre de 2019
Ponente | FRANCISCO JOSE NAVARRO SANCHIS |
ECLI | ES:TS:2019:12103AA |
Número de Recurso | 463/2019 |
Procedimiento | Recurso de Casación Contencioso-Administrativo ( |
Fecha de Resolución | 26 de Septiembre de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Primera
Auto núm. /
Fecha del auto: 26/09/2019
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 463/2019
Fallo
/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Jose Navarro Sanchis
Procedencia: JDO. CONTENCIOSO/ADMTVO N. 32
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Celia Redondo Gonzalez Transcrito por: MLD
Nota:
R. CASACION núm.: 463/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Jose Navarro Sanchis
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Celia Redondo Gonzalez TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Primera
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente
D. Wenceslao Francisco Olea Godoy
D. Antonio Jesus Fonseca-Herrero Raimundo
D. Francisco Jose Navarro Sanchis
D. Fernando Roman Garcia
En Madrid, a 26 de septiembre de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Jose Navarro Sanchis.
- Con fecha 30 de mayo de 2019, esta Sala Tercera, Sección de Admisión, del Tribunal Supremo, dictó providencia en el recurso de casación número 463/2018, que lo inadmitió.
Se ha detectado en la providencia dictada el pasado 30 de mayo, antes referida, un error en el tenor de la indicada resolución judicial, al no existir pronunciamiento expreso sobre la condena en costas.
ÚNICO. - El artículo 267.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial permite a los Tribunales rectificar los errores materiales de que adolezcan las resoluciones judiciales, incluso de oficio.
En este caso, se ha producido una mero error por omisión en la providencia, faltando en ella un último párrafo referido a la condena en costas.
En su virtud,
LA SALA ACUERDA:
La Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acuerda rectificar la parte dispositiva de la providencia dictada por esta misma Sala y Sección el 30 de mayo de 2019, en el recurso de casación número 463/2019, debiendo incluirse en la misma un último párrafo que diga: "Todo ello con imposición de las costas causadas a la parte recurrente, con el límite máximo de 1.000 euros por todos los conceptos ( artículo 90.8 de la LJCA)".
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
Luis Maria Diez-Picazo Gimenez
Wenceslao Francisco Olea Godoy Antonio Jesus Fonseca-Herrero Raimundo
Francisco Jose Navarro Sanchis Fernando Roman Garcia