ATS, 16 de Octubre de 2019

PonenteLUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
ECLIES:TS:2019:10971A
Número de Recurso13/2019
ProcedimientoCuestión de competencia
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Primera

Auto núm. /

Fecha del auto: 16/10/2019

Tipo de procedimiento: CUESTION DE COMPETENCIA

Número del procedimiento: 13/2019

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente

Procedencia: AUD.NACIONAL SALA C/A. SECCION 7

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín

Transcrito por: FJNR/PET

Nota:

CUESTION DE COMPETENCIA núm.: 13/2019

Ponente: Excmo. Sr. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. M. Concepción Riaño Valentín

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Primera

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente

D. Wenceslao Francisco Olea Godoy

D. Jose Luis Requero Ibañez

D. Francisco Jose Navarro Sanchis

D. Fernando Roman Garcia

En Madrid, a 16 de octubre de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La Asociación Nacional de Interinos y Laborales interpuso recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicho orden jurisdiccional de la Audiencia Nacional contra el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019.

SEGUNDO

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, a la que correspondió el conocimiento del recurso, acordó, por auto de 21 de junio de 2019, declarar su falta de competencia para conocer del recurso interpuesto, y ello en virtud de lo dispuesto en los artículos 58 LOPJ y 12.1.a) LJCA.

TERCERO

Remitidas las actuaciones por la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, junto con exposición razonada, se dio el oportuno traslado al Ministerio Fiscal, quien emite dictamen en el sentido de que la competencia para conocer del recurso corresponde a esta Sala del Tribunal Supremo. En el mismo sentido se pronuncia la representación procesal de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales-parte recurrente- y el abogado del Estado -parte recurrida-.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Como ha quedado expuesto en los Hechos de esta resolución, la presente exposición tiene su origen en la impugnación por parte de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales del Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019.

A la vista de lo anterior, la competencia para su conocimiento y resolución corresponde a esta Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, y ello de conformidad con el artículo 12.1.a) de la Ley de esta Jurisdicción, que atribuye a esta Sala el conocimiento en única instancia de los recursos interpuestos contra los actos y disposiciones del Consejo de Ministros.

En su virtud,

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA: 1.º Declarar la competencia de esta Sala para conocer del recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Nacional de Interinos y Laborales contra el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019.

  1. Remitir las presentes actuaciones a la Sección Cuarta de esta Sala, para que continúe la tramitación ante la misma del citado recurso contencioso-administrativo.

  2. Poner esta resolución en conocimiento de la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, y

  3. Notificar la presente resolución a las partes personadas.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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