ATS, 9 de Octubre de 2019

PonenteIGNACIO SANCHO GARGALLO
ECLIES:TS:2019:10211A
Número de Recurso4208/2017
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución 9 de Octubre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 09/10/2019

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 4208 / 2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9 DE VALENCIA

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: SGG/P

Nota:

CASACIÓN núm.: 4208/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Ignacio Sancho Gargallo

D. Eduardo Baena Ruiz

En Madrid, a 9 de octubre de 2019.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Ignacio Sancho Gargallo.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La Administración Concursal de Torro Visión Holding S.L. y D. Primitivo presentó escrito formulando recurso de casación contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Novena) de fecha 12 de julio de 2017, en el rollo de apelación núm. 313/2017 , dimanante de los autos de procedimiento ordinario núm. 1154/2014, del Juzgado de lo Mercantil núm.3 de Valencia.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.

TERCERO

La Administración Concursal de Torro Visión Holding S.L. y D. Primitivo presentó escrito de fecha 3 de noviembre de 2017 personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora D.ª Estefanía Verdú Usano en representación de Torro Visión Holding S.L. y D. Primitivo presentó escrito de fecha 27 de noviembre de 2017 personándose en concepto de parte recurrida. El procurador D. Joaquín María Jáñez Ramos en representación de Bankia presentó escrito de fecha 30 de noviembre de 2017 personándose en concepto de parte recurrida.

CUARTO

- Por la parte recurrente se ha constituido el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por Torro Visión Holding S.L. y D. Primitivo , ya que concurren los presupuestos y requisitos legalmente exigidos, sin perjuicio de lo que pueda acordarse en la sentencia.

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC , las partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de la representación procesal de la Administración Concursal de Torro Visión Holding S.L. y D. Primitivo contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Novena) de fecha 12 de julio de 2017, en el rollo de apelación núm. 313/2017 , dimanante de los autos de procedimiento ordinario núm. 1154/2014, del Juzgado de lo Mercantil núm.3 de Valencia.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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