Auto Aclaratorio TS, 9 de Septiembre de 2019

PonenteJOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
ECLIES:TS:2019:8999AA
Número de Recurso4153/2016
ProcedimientoContencioso
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE RECTIFICACIÓN

Fecha del auto: 09/09/2019

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/d)

Número del procedimiento: 4153/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Luis Requero Ibañez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Oliver Sánchez Transcrito por: RSG

Nota:

REC.ORDINARIO(c/d) núm.: 4153/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Luis Requero Ibañez

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Josefa Oliver Sánchez TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE RECTIFICACIÓN

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Jorge Rodriguez-Zapata Perez

D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

Dª. Celsa Pico Lorenzo

D. Jose Luis Requero Ibañez

En Madrid, a 9 de septiembre de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Jose Luis Requero Ibañez.

HECHOS

ÚNICO.- Por el Procurador Sr. González Salinas en nombre y representación del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos se ha presentado escrito solicitando la rectificación de la sentencia de 29 de julio de 2019 dictada por esta Sala en este recurso en el sentido de corregir el error del encabezamiento de dicha resolución, en el que se indica " y asistido del letrado don Ricardo María González Salinas " y donde debe indicarse " y asistido del letrado don Ricardo María de Lorenzo Montero ".

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- El artículo 267.1 de la Ley 6/1985, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, establece que los Tribunales no podrán variar las resoluciones que pronuncien después de firmadas pero sí aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material de que adolezcan.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Se rectifica el error material apreciado en el encabezamiento de la sentencia de 29 de julio de 2019 dictada por esta Sala en este recurso y donde dice " y asistido del letrado don Ricardo María González Salinas " debe decir " y asistido del letrado don Ricardo María de Lorenzo Montero ".

Así se acuerda y firma.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR