ATS, 20 de Junio de 2019
Ponente | ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO |
ECLI | ES:TS:2019:7596A |
Número de Recurso | 20378/2019 |
Procedimiento | Cuestión de competencia |
Fecha de Resolución | 20 de Junio de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Fecha del auto: 20/06/2019
Tipo de procedimiento: CUESTION COMPETENCIA
Número del procedimiento: 20378/2019
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro
Procedencia: JDO. INSTRUCCION N. 3 DE DONOSTIA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
Transcrito por: MGP
Nota:
CUESTION COMPETENCIA núm.: 20378/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Antonia Cao Barredo
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Julian Sanchez Melgar
D. Alberto Jorge Barreiro
D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina
En Madrid, a 20 de junio de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Alberto Jorge Barreiro.
Con fecha 15 de abril se recibió en el Registro General del Tribunal Supremo exposición y testimonio de las Diligencias Previas 1936/18 del Juzgado de Instrucción nº 3 de Donostia, planteando cuestión de competencia negativa con el de igual clase nº 6 de Madrid, Diligencias Previas 52/19, acordando por providencia de 25 de abril, formar rollo, designar Ponente a D. Alberto Jorge Barreiro, y el traslado al Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal por escrito de 28 de mayo, dictaminó: "... acuerde resolver la cuestión de competencia planteada, atribuyendo su conocimiento al Juzgado de Instrucción nº 3 de Donostia-San Sebastián" .
Por providencia de fecha 7 de junio se acordó, siguiendo el orden de señalamientos establecido, fijar la audiencia del día 19 de junio para deliberación y resolución, lo que se llevó a efecto.
De la exposición y testimonio recibidos se desprende que el Juzgado de Instrucción nº 3 de San Sebastián incoó Diligencias Previas por atestado, que contenía la denuncia de Daniel , en la que manifiesta que el cuidador y entrenador de unos caballos de su propiedad, Eleuterio , había sacado el día 13/10/18, sin su consentimiento, el caballo de pura sangre inglés, que responde al nombre de Pelos , de las instalaciones en las que se encontraba, en el Hipódromo Lasarte y se lo llevó al Hipódromo de la Zarzuela en Madrid con la intención de que participara en una prueba deportiva.
Así mismo, no estando el denunciante conforme con ello, se dirigió el día 14 de octubre de tal año al citado Hipódromo donde constató la presencia del citado caballo y realizó los trámites oportunos para llevarlo de nuevo al de Donostia, sin que ello fuera posible al haber sido trasladado de nuevo y sin su consentimiento por el citado Eleuterio , al Hipódromo de Lasarte.
El Juzgado de San Sebastián por auto de 15/11/18 se inhibió al de Madrid. El nº 6 al que correspondió, por auto de 28/1/19 rechazó la inhibición, planteando el Juzgado de San Sebastián esta cuestión de competencia negativa.
La cuestión de competencia negativa planteada debe ser resuelta como propugna el Ministerio Fiscal ante esta Sala a favor del Juzgado de San Sebastián. Y ello porque la denunció se presenta en San Sebastián, que es el lugar en el que se realizó la primera de las conductas denunciadas y donde se encontraba el caballo en instalaciones de su propietario, desde donde fue trasladado al Hipódromo de Lasarte también en San Sebastián y de aquí a la Zarzuela y de nuevo al lugar de partida.
Por ello a San Sebastián le corresponde al Juzgado de San sebastián la competencia conforme al art. 15 LECrim , sin perjuicio de la posterior resolución que pueda dictarse en función de su resultado.
LA SALA ACUERDA : Dirimir la cuestión de competencia negativa planteada otorgando la misma al Juzgado de Instrucción nº 3 de San Sebastián (D.Previas 1936/18), al que se le comunicará esta resolución así como al nº 6 de Madrid (D.Previas 52/19) y al Ministerio Fiscal.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
D. Julian Sanchez Melgar D. Alberto Jorge Barreiro D. Eduardo de Porres Ortiz de Urbina