Auto Aclaratorio TS, 29 de Mayo de 2019

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TS:2019:6055AA
Número de Recurso4440/2016
ProcedimientoRecurso ordinario
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha del auto: 29/05/2019

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/d)

Número del procedimiento: 4440/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo Transcrito por: EAL

Nota:

REC.ORDINARIO(c/d) núm.: 4440/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. José Manuel Sieira Míguez

D. Octavio Juan Herrero Pina

D. Juan Carlos Trillo Alonso

Dª. Inés Huerta Garicano

D. César Tolosa Tribiño

En Madrid, a 29 de mayo de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 11 de abril de 2019 se dictó sentencia en las presentes actuaciones, y notif‌icada a las partes en forma legal, por la representación procesal de la Asociación de Polígonos y Parques Industriales y Comerciales de Málaga y su provincia, se ha presentado escrito por el que solicita que la Sala: >. SEGUNDO.- Por resolución de 22 de abril del presente se dio traslado del escrito a las demás partes personadas, por cinco días, para alegaciones, traslado que fue evacuado por la Letrada de la Junta de Andalucía y el Abogado del Estado con el resultado que puede verse en las actuaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- Ha de reconocerse que por error material se ha omitido en el fallo de la sentencia la declaración de nulidad de los Reales Decretos 11/2016, de 8 de enero, y 21/2016, de 15 de enero, así como de las Órdenes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, de 23 de febrero de 2016 y 21 de abril de igual año; nulidad que expresamente se reconoce en el fundamento de derecho cuarto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Corregir el error material referenciado en el único fundamento de derecho de esta resolución, quedando como sigue el fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones:

>.

Así se acuerda y f‌irma.

José Manuel Sieira Míguez Octavio Juan Herrero Pina

Juan Carlos Trillo Alonso Inés Huerta Garicano

César Tolosa Tribiño

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