ATS, 24 de Abril de 2019
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2019:4240A |
Número de Recurso | 64/2019 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 24/04/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 64 / 2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 DE JAÉN
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: LTV/I
Nota:
CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL núm.: 64/2019
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Eduardo Baena Ruiz
En Madrid, a 24 de abril de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal de D. Ceferino , presentó escrito de interposición de recurso extraordinario por infracción procesal y recurso de casación, contra la sentencia dictada, con fecha 30 de octubre de 2018 por la Audiencia Provincial de Jaén, Sección 1.ª, en el rollo de apelación n.º 1149/2018 , dimanante del juicio de divorcio contencioso n.º 462/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Jaén.
Mediante diligencia de ordenación de 28 de diciembre de 2018 se tuvieron por interpuestos los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante este Tribunal por término de treinta días.
Mediante escrito enviado el 8 de enero de 2019 la procuradora D.ª M.ª Reyes López Cledou, en nombre y representación de D. Ceferino , se personaba ante esta Sala en concepto de parte recurrente. Mediante escrito enviado el 22 de enero de 2019 la procuradora D.ª Emilia Villar Bueno, en nombre y representación de D.ª María Consuelo se personaba ante esta Sala en concepto de parte recurrida.
La parte recurrente ha efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª LOPJ .
Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Ceferino al no apreciarse causa legal de inadmisión en esta fase.
De conformidad con el art. 474 y 485 LEC , la parte recurrida podrá formalizar la oposición a los recursos por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso extraordinario por infracción procesal y de casación interpuesto por la representación procesal de D. Ceferino , contra la sentencia dictada, con fecha 30 de octubre de 2018 por la Audiencia Provincial de Jaén, Sección 1.ª, en el rollo de apelación n.º 1149/2018 , dimanante del juicio de divorcio contencioso n.º 462/2017 del Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Jaén.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice escrito su oposición a los recursos. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra esta resolución no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.
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