Auto Aclaratorio TS, 3 de Abril de 2019

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TS:2019:3819AA
Número de Recurso51/2017
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha del auto: 03/04/2019

Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION

Número del procedimiento: 51/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo Transcrito por: EAL

Nota:

RECURSO CASACION núm.: 51/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Jose Manuel Sieira Miguez

D. Octavio Juan Herrero Pina

D. Juan Carlos Trillo Alonso

Dª. Ines Huerta Garicano

D. Cesar Tolosa Tribiño

D. Francisco Javier Borrego Borrego

En Madrid, a 3 de abril de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Con fecha 27 de febrero de 2019 esta Sala y Sección dictó sentencia en las presentes actuaciones, la que fue notif‌icada a las partes en forma legal, habiéndose observado en la misma un error material.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone en su apartado 1 que: >, y en el apartado 3 que >.

En este caso se advierte que la sentencia dictada contiene un error material, tanto en el encabezamiento como en la parte dispositiva, pues se ha hecho constar que la sentencia recurrida es de fecha 20 de febrero de 2019 y dictada en el procedimiento ordinario número 51/2017, cuando la fecha correcta es el 29 de junio de 2016 y fue dictada en el recurso número 56/2010.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Rectif‌icar el error material obrante en la sentencia dictada en las presentes actuaciones, con fecha 27 de febrero de 2019, concretamente en el encabezamiento y en el fallo, de manera que donde dice >, debe decir >.

Así se acuerda y f‌irma.

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