ATS, 3 de Abril de 2019
Ponente | NICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN |
ECLI | ES:TS:2019:3662A |
Número de Recurso | 324/2018 |
Procedimiento | Contencioso |
Fecha de Resolución | 3 de Abril de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Sexta
Auto núm. /
Fecha del auto: 03/04/2019
Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)
Número del procedimiento: 324/2018
Fallo/Acuerdo:
Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen
Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
Transcrito por:
Nota:
REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 324/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: Sexta
Auto núm. /
Excmos. Sres.
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente
D. Jose Manuel Sieira Miguez
D. Nicolas Maurandi Guillen
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva
D. Eduardo Espin Templado
En Madrid, a 3 de abril de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen.
En el escrito de demanda se solicita por la parte actora el recibimiento a prueba y propone como pruebas:
1) Documental consistente en que se tenga por reproducido el expediente administrativo tanto el aportado en DVD como en papel.
2) Más documental consistente en las grabaciones de las declaraciones de Don Jesús Manuel y Don Juan Ignacio que obran ya en el recurso.
3) Se requiera al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del CGPJ para que remita la evaluación Inicial de Riesgos Laborales en la Carrera Judicial de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Valencia realizada el primer semestre de 2015 donde consten los datos de riesgos psicosociales (acoso laboral) referidos a la Sección Cuarta de dicha Sala.
4) Que se requiera al CGPJ para por quien sea el responsable se aporte copia de la grabación de la declaración de doña Elvira realizada en el expediente disciplinario NUM000 .
5) Que se requiera a la Comisión de Igualdad del CGPJ para que emita informe sobre si las actuaciones realizadas y el acuerdo de archivo impugnado responde a los criterios o principios generales establecidos por esa Comisión (informe de 7.2.2017. Punto 4º de la reunión de la Comisión de Igualdad de 24.1.2017) conforme a los cuales debe abordarse el caso denunciado por Doña Elvira , de acuerdo con el texto de Protocolo de actuación frente al acoso y el Plan de Igualdad de la Carrera Judicial y si esos criterios deben incluir la aplicación de una perspectiva de género, la política de tolerancia cero frente al acoso y la necesaria exhaustividad en la investigación.
6.- Los que se aportan junto con este escrito consistentes en:
a.- Protocolo de actuación frente al acoso en la Carrera Judicial y su guía de aplicación.
b.- Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
c.- Expediente disciplinario NUM000 .
La representación del Consejo General del Poder Judicial ha presentado escrito de contestación a la demanda (...) y mediante OTROSI DIGO SEGUNDO manifiesta que dado "que la prueba propuesta se ciñe al expediente anejo a los autos, y dado que este ya forma parte necesaria de los mismos, no parece procedente recibir el pleito a prueba".
UNICO .- Procede acordar el recibimiento a prueba, al concurrir los requisitos que así lo autorizan.
También debe acordarse la prueba propuesta, con la excepción de la núm. 5 referida al Informe de la Comisión de Igualdad, al exceder esta de lo que debe ser objeto de una actividad probatoria, ya que va dirigida no a demostrar puntos de hecho sino a ofrecer un criterio de calificación o aplicación jurídica.
Haber lugar al recibimiento a prueba del presente proceso; y admitir las pruebas propuestas por la parte recurrente en su demanda, con excepción de la número 5.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.