ATS, 6 de Marzo de 2019
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2019:2295A |
Número de Recurso | 1666/2017 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 6 de Marzo de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 06/03/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1666 / 2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 1 BARCELONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: MAR/I
Nota:
CASACIÓN núm.: 1666/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Eduardo Baena Ruiz
En Madrid, a 6 de marzo de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., como sucesor de Catalunya Banc, S.A., interpuso recurso de casación contra la sentencia dictada el 20 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1.ª) en el rollo de apelación n.º 542/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 134/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Igualada.
Mediante diligencia de ordenación de 10 de abril de 2017 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días.
Formado el rollo de sala, la procuradora doña Ana Llorens Pardo presentó escrito en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., personándose en calidad de parte recurrente. La parte recurrida no se ha personado.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15.ª de la LOPJ .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto al amparo del ordinal 3.º del art. 477.2 LEC por la representación procesal de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., como sucesor de Catalunya Banc, S.A., no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
Al no haberse personado en el presente rollo la parte recurrida, queden los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo.
LA SALA ACUERDA :
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Admitir el recurso de casación interpuesto por Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., como sucesor de Catalunya Banc, S.A., contra la sentencia dictada el 20 de febrero de 2017 por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 1.ª) en el rollo de apelación n.º 542/2015 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 134/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Igualada.
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Dejar los autos pendientes de señalamiento del día y hora para la celebración de la vista, o, en su caso, para la votación y fallo.
Contra este Auto no cabe recurso.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.