ATS, 27 de Febrero de 2019
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2019:1981A |
Número de Recurso | 1318/2017 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 27/02/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN E INFRACCIÓN PROCESAL
Número del procedimiento: 1318 / 2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1 DE TARRAGONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: LTV/P
Nota:
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Eduardo Baena Ruiz
En Madrid, a 27 de febrero de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal de D. Casimiro presentó escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, contra la sentencia dictada, con fecha 5 de julio de 2016, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 742/2015 , dimanante del procedimiento ordinario n.º 663/2012, seguido en el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona.
Mediante diligencia de ordenación se tuvieron por interpuestos los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal y se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, ante este Tribunal por término de treinta días.
Mediante escrito enviado el 28 de marzo de 2017 la procuradora D.ª Adela Cano Lantero, en nombre y representación de Encofrats Callau Sorribes S.L. y D. Casimiro se persona en las actuaciones en concepto de parte recurrente. Mediante escrito enviado el 11 de abril de 2017, la procuradora D.ª Amparo Ramírez Plaza, en nombre y representación de Esteban , se persona en las actuaciones en concepto de parte recurrida.
La recurrente efectuó los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 485 y 474 LEC , procede entregar copia del escrito de interposición, a la parte recurrida personada ante esta Sala para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.
De conformidad con lo previsto en los arts. 483.5 y 473.3 LEC procede declarar que contra este auto no cabe recurso alguno.
LA SALA ACUERDA :
-
- Admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de D. Casimiro contra la sentencia dictada, con fecha 5 de julio de 2016, por la Audiencia Provincial de Tarragona (Sección 1.ª), en el rollo de apelación n.º 742/2015 , dimanante del procedimiento ordinario n.º 663/2012, seguido en el Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona.
-
- Y entréguese copias del escrito de interposición de los recursos formalizados por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada para que formalice su oposición por escrito en el plazo de veinte días.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.