ATS, 27 de Febrero de 2019
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2019:1993A |
Número de Recurso | 833/2017 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 27 de Febrero de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 27/02/2019
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 833 / 2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 18 DE MADRID
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: CMB/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 833/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Ignacio Sancho Gargallo
D. Eduardo Baena Ruiz
En Madrid, a 27 de febrero de 2019.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal de D. Manuel presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada con fecha 27 de diciembre de 2016 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18ª), en el rollo de apelación n.º 902/2016 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 925/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 26 de Madrid.
Mediante diligencia de ordenación de fecha 17 de febrero de 2017 se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes.
El procurador D. Mariano de la Cuesta Hernández, en nombre y representación de D. Manuel presentó escrito ante esta Sala de fecha 1 de marzo de 2017 personándose en calidad de parte recurrente. El procurador D. Miguel Ángel Montero Reiter, en nombre y representación de Caixabank, S.A. presentó escrito ante esta Sala de fecha 4 de abril de 2017 personándose en calidad de parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Manuel al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3.º de art. 477.2 de la LEC , no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el artículo 485 LEC , la parte recurrida, podrá formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Manuel contra la sentencia dictada con fecha 27 de diciembre de 2016 por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 18ª), en el rollo de apelación n.º 902/2016 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 925/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 26 de Madrid.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.