ATS, 22 de Febrero de 2019
Ponente | EDUARDO ESPIN TEMPLADO |
ECLI | ES:TS:2019:2127A |
Número de Recurso | 352/2018 |
Procedimiento | Contencioso |
Fecha de Resolución | 22 de Febrero de 2019 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Fecha del auto: 22/02/2019
Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)
Número del procedimiento: 352/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado
Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
Transcrito por: PJM
Nota:
REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 352/2018
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección: SEXTA
AUTO
Excmos. Sres.
D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente
D. Jose Manuel Sieira Miguez
D. Nicolas Maurandi Guillen
D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva
D. Eduardo Espin Templado
En Madrid, a 22 de febrero de 2019.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado.
En el presente recurso contencioso-administrativo la parte actora ha formulado en su escrito de demanda -otrosí digo- solicitud de recibimiento a prueba del mismo y proposición de los siguientes medios:
"1ª) La documental que se aporta con este escrito y la que constituyen los dos tomos del "Expediente Administrativo" incorporado a las actuaciones.
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) Otra documental: Al ser necesaria para constatación de todo lo que se expresa en este escrito, y que parte de la misma es de difícil realización para la parte, pero en cambio, con la labor Inspectora podría ser posible, se solicita requerir a la Letrada/o de la Administración de Justicia que elabora un alarde de las Empresas que constituyen el Grupo de Empresas ROSA, y que son, entre otras: EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ROSA, SL; DIRECCION000 CB; ROSAMARKET SA; Y YEGÜADA ROSA, reflejando los procedimientos en los que las mismas hayan intervenido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de Villanueva de la Serena.
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) Mas documental: Designamos la Web del Grupo de empresas Rosa a los efectos probatorios de la existencia de ese conglomerado de entidades, por lo que
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) Y Documental: La ya aportada referida a producir información, primero a la Comisión Permanente del Poder Judicial, y ahora, al T.S., Sala Tercera, acerca del volumen de negocios del Grupo Empresarial, minimizado por la Magistrada, y que ya aportados al Consejo, consistente en un artículo del diario HOY, que contenía, en su sección de Economía, un panegírico del empresario y sus actividades, lo que denota la importancia que el Banco Popular, organizador del evento, le confiere.
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) Una nueva documental: Que se libre el despacho que corresponda a la Oficina del Padrón Municipal de Habitantes del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, al efecto de que por la misma se certifique, el numero de ciudadanos empadronados y/o los no empadronados que conforman la población de Villanueva de la Serena.
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) Copia del artº que reflejó el periódico ABC, en el que se denuncia el encubrimiento de actuaciones judiciales negativas, que aportamos en este acto como Doc. 1"
Dado traslado del citado escrito a la Administración demandada, el Sr. Abogado del Estado en su escrito de contestación y en lo referido a la mencionada solicitud de recibimiento a prueba, manifiesta que no procede el mismo, porque los hechos para los que se solicita no son trascendentes en el actual litigio.
ÚNICO .- Habida cuenta de que la solicitud formulada por la parte demandante cumple los requisitos establecidos en el artículo 60.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , considera la Sala pertinente acordar el recibimiento a prueba.
Procede admitir las pruebas documentales 1ª), 3ª), 4ª) y 6ª) propuestas por la parte actora en el escrito de demanda y acordar la inadmisión de las documentales 2ª) y 5ª), por corresponder a la parte aportar los datos a los que las mismas se refieren, bien mediante informe pericial o porque los solicite la misma respecto de los de carácter público.
Recibir el presente recurso a prueba.
Admitir los medios probatorios propuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel , a excepción de las propuestas como documentales 2ª) y 4ª), quedando incorporados a los autos con la fuerza probatoria que legalmente les corresponde las documentales admitidas.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.