ATS, 22 de Febrero de 2019

PonenteEDUARDO ESPIN TEMPLADO
ECLIES:TS:2019:2127A
Número de Recurso352/2018
ProcedimientoContencioso
Fecha de Resolución22 de Febrero de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: SEXTA

AUTO

Fecha del auto: 22/02/2019

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)

Número del procedimiento: 352/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado

Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

Transcrito por: PJM

Nota:

REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 352/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: SEXTA

AUTO

Excmos. Sres.

D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente

D. Jose Manuel Sieira Miguez

D. Nicolas Maurandi Guillen

D. Pablo Lucas Murillo de la Cueva

D. Eduardo Espin Templado

En Madrid, a 22 de febrero de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espin Templado.

HECHOS

PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo la parte actora ha formulado en su escrito de demanda -otrosí digo- solicitud de recibimiento a prueba del mismo y proposición de los siguientes medios:

"1ª) La documental que se aporta con este escrito y la que constituyen los dos tomos del "Expediente Administrativo" incorporado a las actuaciones.

  1. ) Otra documental: Al ser necesaria para constatación de todo lo que se expresa en este escrito, y que parte de la misma es de difícil realización para la parte, pero en cambio, con la labor Inspectora podría ser posible, se solicita requerir a la Letrada/o de la Administración de Justicia que elabora un alarde de las Empresas que constituyen el Grupo de Empresas ROSA, y que son, entre otras: EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ROSA, SL; DIRECCION000 CB; ROSAMARKET SA; Y YEGÜADA ROSA, reflejando los procedimientos en los que las mismas hayan intervenido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de los de Villanueva de la Serena.

  2. ) Mas documental: Designamos la Web del Grupo de empresas Rosa a los efectos probatorios de la existencia de ese conglomerado de entidades, por lo que

  3. ) Y Documental: La ya aportada referida a producir información, primero a la Comisión Permanente del Poder Judicial, y ahora, al T.S., Sala Tercera, acerca del volumen de negocios del Grupo Empresarial, minimizado por la Magistrada, y que ya aportados al Consejo, consistente en un artículo del diario HOY, que contenía, en su sección de Economía, un panegírico del empresario y sus actividades, lo que denota la importancia que el Banco Popular, organizador del evento, le confiere.

  4. ) Una nueva documental: Que se libre el despacho que corresponda a la Oficina del Padrón Municipal de Habitantes del Excmo. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, al efecto de que por la misma se certifique, el numero de ciudadanos empadronados y/o los no empadronados que conforman la población de Villanueva de la Serena.

  5. ) Copia del artº que reflejó el periódico ABC, en el que se denuncia el encubrimiento de actuaciones judiciales negativas, que aportamos en este acto como Doc. 1"

SEGUNDO

Dado traslado del citado escrito a la Administración demandada, el Sr. Abogado del Estado en su escrito de contestación y en lo referido a la mencionada solicitud de recibimiento a prueba, manifiesta que no procede el mismo, porque los hechos para los que se solicita no son trascendentes en el actual litigio.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO .- Habida cuenta de que la solicitud formulada por la parte demandante cumple los requisitos establecidos en el artículo 60.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa , considera la Sala pertinente acordar el recibimiento a prueba.

Procede admitir las pruebas documentales 1ª), 3ª), 4ª) y 6ª) propuestas por la parte actora en el escrito de demanda y acordar la inadmisión de las documentales 2ª) y 5ª), por corresponder a la parte aportar los datos a los que las mismas se refieren, bien mediante informe pericial o porque los solicite la misma respecto de los de carácter público.

LA SALA ACUERDA:

Recibir el presente recurso a prueba.

Admitir los medios probatorios propuestos por la representación procesal de D. Pedro Miguel , a excepción de las propuestas como documentales 2ª) y 4ª), quedando incorporados a los autos con la fuerza probatoria que legalmente les corresponde las documentales admitidas.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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