ATS, 21 de Febrero de 2019

PonenteNICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
ECLIES:TS:2019:1718A
Número de Recurso354/2018
ProcedimientoContencioso
Fecha de Resolución21 de Febrero de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Sexta

Auto núm. /

Fecha del auto: 21/02/2019

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)

Número del procedimiento: 354/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen

Procedencia: CONSEJO GRAL.PODER JUDICIAL

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

Transcrito por: FGG

Nota:

REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 354/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Aurelia Lorente Lamarca --

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Sexta

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez, presidente

D. Jose Manuel Sieira Miguez

D. Segundo Menendez Perez

D. Nicolas Maurandi Guillen

D. Eduardo Espin Templado

En Madrid, a 21 de febrero de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen.

HECHOS

PRIMERO

En el escrito de demanda se solicita por la parte actora el recibimiento a prueba y propone como pruebas el expediente administrativo y la documental unida al escrito de demanda.

SEGUNDO

La representación del Consejo General del Poder Judicial ha presentado escrito de contestación a la demanda, en el que no se ha opuesto al recibimiento a prueba.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- La petición de prueba de la parte recurrente se limita a remitirse al contenido íntegro del expediente administrativo y a la documental unida al escrito de demanda.

Obrando en las presentes actuaciones ambas pruebas propuestas, procede recibir a prueba el proceso y dar por reproducidas a estos efectos dichas pruebas.

LA SALA ACUERDA:

Haber lugar al recibimiento a prueba del presente proceso del presente proceso; y dar por reproducido el expediente administrativo y la documental acompañada a la demanda como pruebas propuestas por la parte recurrente.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Luis Maria Diez-Picazo Gimenez

D. Jose Manuel Sieira Miguez D. Segundo Menendez Perez

D. Nicolas Maurandi Guillen D. Eduardo Espin Templado

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR