ATS, 22 de Enero de 2019

PonenteNICOLAS ANTONIO MAURANDI GUILLEN
ECLIES:TS:2019:883A
Número de Recurso1307/2017
ProcedimientoRecurso de casación
Fecha de Resolución22 de Enero de 2019
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Segunda

Auto núm. /

Fecha del auto: 22/01/2019

Tipo de procedimiento: R. CASACION

Número del procedimiento: 1307/2017

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen

Procedencia: T.S.J.PAIS VASCO CON/AD SEC.1

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo

Transcrito por: FGG

Nota:

R. CASACION núm.: 1307/2017

Ponente: Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Segunda

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Nicolas Maurandi Guillen, presidente

D. Jose Diaz Delgado

D. Jose Antonio Montero Fernandez

D. Jesus Cudero Blas

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

En Madrid, a 22 de enero de 2019.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Nicolas Maurandi Guillen.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- El Excmo. Sr. Magistrado D. Isaac Merino Jara, Magistrado de la Sección, mediante escrito fechado el 22 de enero de 2019, ha solicitado que le sea concedida la abstención en el presente recurso de casación núm. 1307/2017, que se está tramitando en esta Sección Segunda, al haber ocupado la posición de vocal de la Junta Arbitral del Concierto Económico y haber sido ponente de dos resoluciones que versan sobre la misma materia a la que se refiere la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictada en el recurso que es objeto del indicado recurso de casación, por considerar que concurre en su persona la situación que como decimosexta causa de abstención incluye el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El Excmo. Sr. Magistrado solicitante de la abstención aduce, para apoyar la abstención que postula que

"De conformidad con lo establecido en el artículo 221.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial , comunico mi decisión de Abstenerme del conocimiento del Recurso de casación número 1307/2017 mediante la que se recurre la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco núm. 547/2016, de 14 de diciembre que se está tramitando en la Sección Segunda de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por considerar que concurren en mi persona las circunstancias a las que se refiere la 16ª causa de abstención incluida en el artículo 219 del mismo texto legal antes mencionado.

Esta decisión de abstención se apoya en la siguiente razón:

He ocupado la posición de vocal de la Junta Arbitral del Concierto Económico y en esa condición he sido ponente de dos resoluciones que versan sobre la misma materia a la que se refiere la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictada en el recurso que es objeto del indicado recurso de casación. Es más, dicha sentencia ha sido determinante para construir la base argumental y el fallo de dichas resoluciones de la Junta Arbitral.

Considero por ello me ha permitido formarme criterio en detrimento de mi debida imparcialidad".

SEGUNDO

La abstención debe declararse justificada ante las circunstancias alegadas, ya que las causas de abstención y recusación están dirigidas a preservar los valores de neutralidad e imparcialidad del órgano jurisdiccional.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Declarar justificada la abstención en el presente recurso de casación núm. 1307/2017 solicitada por el Excmo. Sr. Magistrado D. Isaac Merino Jara, Magistrado de la Sección.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

D. Nicolas Maurandi Guillen D. Jose Diaz Delgado

D. Jose Antonio Montero Fernandez D. Jesus Cudero Blas

D. Rafael Toledano Cantero D. Dimitry Berberoff Ayuda

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