ATS, 18 de Diciembre de 2018

PonenteRAFAEL TOLEDANO CANTERO
ECLIES:TS:2018:13799A
Número de Recurso2/2018
ProcedimientoRecurso de revisión
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Segunda

Auto núm. /

Fecha del auto: 18/12/2018

Tipo de procedimiento: REC.REVISION

Número del procedimiento: 2/2018

Fallo/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero

Procedencia: AUD.NACIONAL SALA C/A. SECCION 1

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo

Transcrito por:

Nota:

REC.REVISION núm.: 2/2018

Ponente: Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Gloria Sancho Mayo

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección: Segunda

Auto núm. /

Excmos. Sres.

D. Nicolas Maurandi Guillen, presidente

D. Jose Diaz Delgado

D. Angel Aguallo Aviles

D. Francisco Jose Navarro Sanchis

D. Jesus Cudero Blas

D. Rafael Toledano Cantero

D. Dimitry Berberoff Ayuda

D. Isaac Merino Jara

En Madrid, a 18 de diciembre de 2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Rafael Toledano Cantero.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- La representación procesal de la parte recurrente, la entidad Médano Beach, S.L., en su escrito de demanda presentado el 8 de enero de 2018, en el otrosí primero digo solicitaba se admitiera como medios de prueba los 17 documentos aportados con su demanda, la aportación del expediente judicial completo relativo al procedimiento 372/2010 seguido ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, así como, en caso de que sean negados de contrario los hechos manifestado en esta demanda, la documentación de los autos del procedimiento 216/2017.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- De los medios de prueba interesados por la parte recurrente se debe admitir la documental aportada junto con el escrito de demanda. Por el contrario, no se admiten el resto de medios consistentes en la reclamación del expediente judicial relativo al procedimiento 372/2010 seguido ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ni la documentación obrante en los autos 216/2017, al no resultar necesaria para el enjuiciamiento que ha de ser realizado en este recurso de revisión en función de la configuración legalmente establecida para esta figura procesal.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA:

  1. - Recibir a prueba el recurso.

  2. - Admitir y tener por reproducidos los 17 documentos que se adjuntan al escrito de demanda.

  3. - No admitir el resto de pruebas propuestos por la parte recurrente.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR