Auto Aclaratorio TS, 10 de Octubre de 2018
Ponente | MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA |
ECLI | ES:TS:2018:11197AA |
Número de Recurso | 2071/2017 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 10 de Octubre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Segunda, de lo Penal |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Fecha de sentencia: 10/10/2018
Tipo de procedimiento: RECURSO CASACION
Número del procedimiento: 2071/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero Transcrito por: ARB
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 2071/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Sonsoles de la Cuesta y de Quero TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Penal
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Andres Martinez Arrieta
D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca
D. Andres Palomo Del Arco
Dª. Ana Maria Ferrer Garcia
D. Pablo Llarena Conde
En Madrid, a 10 de octubre de 2018.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Miguel Colmenero Menendez de Luarca.
Que en fecha 20/09/2018 se ha dictado por esta Sala sentencia nº 414/2018, en el recurso de casación nº 2071/2017.
Que por medio de escrito presentado el día 28/09/2018 ante esta Sala por la representación de
D. Estanislao y Dª. Pura, se ha solicitado aclaración del encabezamiento de la citada sentencia en el sentido que consta unido a las presentes actuaciones.
El artículo 267.1 de la LOPJ dispone la posibilidad de que los tribunales puedan aclarar algún concepto oscuro y rectificar cualquier error material que adolezcan sus resoluciones.
De conformidad con lo expuesto en el hecho relacionado anteriormente, se considera que ha existido un error material en el encabezamiento de la sentencia de fecha 20 de septiembre de 2018 respecto al primer apellido de la dirección letrada de D. Estanislao y Dª. Pura .
LA SALA ACUERDA : Aclarar el encabezamiento de la sentencia nº 414/2018, de 20 de septiembre, en el sentido de hacer constar que D. Estanislao y Dª. Pura están "bajo la dirección letrada de Dª. María Carmen Domínguez Hernández", en lugar de Dª María Carmen Rodríguez Hernández".
Así se acuerda y firma.
Andres Martinez Arrieta Miguel Colmenero Menendez de Luarca Andres Palomo Del Arco
Ana Maria Ferrer Garcia Pablo Llarena Conde