Auto Aclaratorio TS, 11 de Septiembre de 2018

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TS:2018:9008AA
Número de Recurso4736/2016
ProcedimientoContencioso
Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Fecha del auto: 11/09/2018

Tipo de procedimiento: REC.ORDINARIO(c/a)

Número del procedimiento: 4736/2016

Fallo

/Acuerdo:

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo Transcrito por: EAL

Nota:

REC.ORDINARIO(c/a) núm.: 4736/2016

Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso

Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Contencioso-Administrativo

AUTO DE ACLARACIÓN

Excmos. Sres.

D. Jose Manuel Sieira Miguez

D. Rafael Fernandez Valverde

D. Octavio Juan Herrero Pina

D. Juan Carlos Trillo Alonso

D. Wenceslao Francisco Olea Godoy

D. Cesar Tolosa Tribiño

En Madrid, a 11 de septiembre de 2018.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Con fecha 16 de julio del presente esta Sala y Sección dictó sentencia en las presentes actuaciones, y notificada a las partes recurrentes en forma legal, por la procuradora doña María Elvira Encinas Lorente, en nombre y representación de doña Ruth se ha remitido escrito por el solicitando la rectificación de los siguientes errores materiales en dicha sentencia: >, y >.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dispone en su apartado 1 que: >, y en el apartado 3 que >.

En este caso se advierte que, efectivamente, el párrafo segundo del fundamento de derecho segundo y el fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones contienen los errores materiales denunciados.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA : Rectificar los errores materiales obrantes en la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 16 de julio del presente, cuyo párrafo segundo del fundamento de derecho segundo queda como sigue: > y cuyo apartado tercero del fallo debe decir: >.

Así se acuerda y firma.

Jose Manuel Sieira Miguez Rafael Fernandez Valverde

Octavio Juan Herrero Pina Juan Carlos Trillo Alonso

Wenceslao Francisco Olea Godoy Cesar Tolosa Tribiño

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