Auto Aclaratorio TS, 10 de Septiembre de 2018
Ponente | EDUARDO ESPIN TEMPLADO |
ECLI | ES:TS:2018:9005AA |
Número de Recurso | 1366/2017 |
Procedimiento | Recurso de Casación Contencioso-Administrativo ( |
Fecha de Resolución | 10 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Fecha del auto: 10/09/2018
Tipo de procedimiento: R. CASACION
Número del procedimiento: 1366/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Martín Contreras Transcrito por: PJM
Nota:
R. CASACION núm.: 1366/2017
Ponente: Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Martín Contreras TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Eduardo Espín Templado
D. José Manuel Bandrés Sánchez Cruzat
D. Eduardo Calvo Rojas
Dª. María Isabel Perelló Doménech
D. Diego Córdoba Castroverde
D. Ángel Ramón Arozamena Laso
D. Fernando Román García
En Madrid, a 10 de septiembre de 2018.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Espín Templado.
ÚNICO .- En fecha 26 de junio de 2018 se ha dictado sentencia en el presente recurso de casación.
En el encabezamiento de la misma se recoge su numeración, por error, como 1088/2016, cuando debería ser 1088/2018.
ÚNICO .- El artículo 267 de la Ley Orgánica del Poder Judicial permite a los Tribunales rectificar en cualquier momento los errores materiales manifiestos en que puedan incurrir sus resoluciones (apartados 1 y 3), expresándose en los mismos términos la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículos 214.1 y 3 ).
Pues bien, constatado que se ha producido en el encabezamiento de la sentencia dictada en el presente recurso contencioso-administrativo el error material expuesto en el hecho único, procede, en consecuencia, su rectificación.
LA SALA ACUERDA :
SE RECTIFICA EL ERROR MATERIAL contenido en el encabezamiento de la sentencia de fecha 26 de junio de 2018 dictado en el recurso de casación 1366/2017 en el sentido de que donde dice « Sentencia núm. 1088/2016 » debe decir « Sentencia núm. 1088/2018 ».
Así se acuerda y firma.
Eduardo Espín Templado José Manuel Bandrés Sánchez Cruzat Eduardo Calvo Rojas
María Isabel Perelló Doménech Diego Córdoba Castroverde Ángel Ramón Arozamena Laso
Fernando Román García