ATS, 27 de Junio de 2018

PonenteMARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
ECLIES:TS:2018:7252A
Número de Recurso1768/2018
ProcedimientoCivil
Fecha de Resolución27 de Junio de 2018
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

T R I B U N A L S U P R E M O

Sala de lo Civil

AUTO

Fecha del auto: 27/06/2018

Tipo de procedimiento: CASACIÓN

Número del procedimiento: 1768 / 2018

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 19 DE MADRID

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

Transcrito por: AGG

Nota:

CASACIÓN núm.: 1768/2018

Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García

TRIBUNAL SUPREMO

Sala de lo Civil

AUTO

Excmos. Sres. y Excma. Sra.

D. Francisco Marin Castan, presidente

D. Francisco Javier Arroyo Fiestas

D.ª M.ª Angeles Parra Lucan

En Madrid, a 27 de junio de 2018.

Esta sala ha visto

Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

La representación procesal de D. Jesus Miguel presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de 14 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19.ª) en el rollo de apelación n.º 803/2017 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 813/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Alcobendas.

SEGUNDO

Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.

TERCERO

Por diligencia de ordenación de 10 de mayo de 2018 se tuvo por personado ante esta sala a la procuradora D.ª Susana de la Peña Gutiérrez, en nombre y representación de D. Jesus Miguel , como parte recurrente. asimismo se tuvo por personada a la procuradora D.ª Gloria Teresa Robledo Machuca, en nombre y representación de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A., D.ª María Consuelo , D.ª Felicisima y D.ª Sonsoles , como parte recurrida.

CUARTO

Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del Poder Judicial .

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO

Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jesus Miguel , al concurrir los presupuestos exigidos en el ordinal 1.º del art. 477.2 LEC .

SEGUNDO

De conformidad con el art. 485 LEC las partes recurridas y el Ministerio Fiscal podrán formalizar su oposición al recurso en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA :

  1. ) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jesus Miguel contra la sentencia de 14 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19.ª) en el rollo de apelación n.º 803/2017 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 813/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Alcobendas.

  2. ) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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