ATS, 27 de Junio de 2018
Ponente | MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN |
ECLI | ES:TS:2018:7252A |
Número de Recurso | 1768/2018 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 27/06/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1768 / 2018
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 19 DE MADRID
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
Transcrito por: AGG
Nota:
CASACIÓN núm.: 1768/2018
Ponente: Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. José María Llorente García
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 27 de junio de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente la Excma. Sra. D.ª M.ª Angeles Parra Lucan.
La representación procesal de D. Jesus Miguel presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia de 14 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19.ª) en el rollo de apelación n.º 803/2017 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 813/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Alcobendas.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta sala, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.
Por diligencia de ordenación de 10 de mayo de 2018 se tuvo por personado ante esta sala a la procuradora D.ª Susana de la Peña Gutiérrez, en nombre y representación de D. Jesus Miguel , como parte recurrente. asimismo se tuvo por personada a la procuradora D.ª Gloria Teresa Robledo Machuca, en nombre y representación de Atresmedia Corporación de Medios de Comunicación, S.A., D.ª María Consuelo , D.ª Felicisima y D.ª Sonsoles , como parte recurrida.
Por la parte recurrente se ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley orgánica del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jesus Miguel , al concurrir los presupuestos exigidos en el ordinal 1.º del art. 477.2 LEC .
De conformidad con el art. 485 LEC las partes recurridas y el Ministerio Fiscal podrán formalizar su oposición al recurso en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
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) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Jesus Miguel contra la sentencia de 14 de febrero de 2018, dictada por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 19.ª) en el rollo de apelación n.º 803/2017 , dimanante de los autos de juicio ordinario n.º 813/2014 del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Alcobendas.
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) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría. Transcurrido dicho plazo, dese traslado de las actuaciones al Ministerio Fiscal.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 483.5 LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.