ATS, 27 de Junio de 2018
Ponente | FRANCISCO MARIN CASTAN |
ECLI | ES:TS:2018:7197A |
Número de Recurso | 1073/2016 |
Procedimiento | Civil |
Fecha de Resolución | 27 de Junio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 27/06/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 1073 / 2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCIÓN N. 4 DE VIZCAYA
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
Transcrito por: PAA/MJ
Nota:
CASACIÓN núm.: 1073/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. Mª Teresa Rodríguez Valls
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 27 de junio de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Marin Castan.
La representación procesal de D. Patricio y D. Victorino presentó escrito de fecha 15 de marzo de 2016 en el que interpone recurso de casación por razón de existencia de interés casacional contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2016, dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección Cuarta), en el rollo de apelación n.º 273/2015 , dimanante de los autos de incidente concursal de oposición a la calificación n.º 958/2014 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao.
Mediante diligencia de ordenación la audiencia tuvo por interpuesto el recurso presentado, y acordó remitir los autos a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, a través de los procuradores personados en el rollo de apelación.
Recibidas las actuaciones en el Tribunal Supremo y formado el correspondiente rollo de sala, el procurador D. Joaquín Fanjul de Antonio, en nombre y representación de D. Patricio y D. Victorino , presentó escrito de fecha 6 de abril de 2016 personándose en concepto de recurrente. El procurador D. José Luis Martín Jaureguibeitia, en nombre y representación de la administración concursal de Refinerías Sangroniz SL, presentó escrito de fecha 13 de mayo de 2016, personándose en concepto de recurrido.
La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la disposición adicional 15.ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de D. Patricio y D. Victorino al haberse justificado los presupuestos de recurribilidad previstos en el art. 477.2 , 3º LEC y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal, no advirtiéndose en esta fase causa legal de inadmisión.
De conformidad con el art. 485 LEC , la parte o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto.
LA SALA ACUERDA :
-
) Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación de la representación procesal de D. Patricio y D. Victorino , contra la sentencia de fecha 4 de febrero de 2016, dictada por la Audiencia Provincial de Bizkaia (Sección Cuarta), en el rollo de apelación n.º 273/2015 , dimanante de los autos de incidente concursal de oposición a la calificación n.º 958/2014 del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao.
-
) Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte o partes recurridas formalicen por escrito su oposición al recurso. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.