Auto Aclaratorio TS, 6 de Junio de 2018
Ponente | JOSE MANUEL SIEIRA MIGUEZ |
ECLI | ES:TS:2018:6613AA |
Número de Recurso | 2191/2016 |
Procedimiento | Recurso de casación para la unificación de doctrina |
Fecha de Resolución | 6 de Junio de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
REC. CASACION PARA LA UNIFICACION DE DOCTRINA núm.: 2191/2016
Ponente: Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
AUTO DE ACLARACIÓN
Excmos. Sres.
D. Jose Manuel Sieira Miguez, presidente
D. Rafael Fernandez Valverde
D. Octavio Juan Herrero Pina
D. Juan Carlos Trillo Alonso
D. Jose Juan Suay Rincon
D. Cesar Tolosa Tribiño
En Madrid, a 6 de junio de 2018.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Jose Manuel Sieira Miguez.
Con fecha 1 de junio de 2018 se presento escrito por la representación procesal del recurrente solicitando aclaración sobre el pronunciamiento en costas y en su caso rectificación de error material en el fundamento jurídico tercero y en el fallo de la sentencia de esta Sala sin apreciación o motivación de temeridad, entendiendo aplicable el artículo 93.4 de la Ley de la Jurisdicción .
La regulación de costas establecida con motivo de la reforma del recurso de casación es únicamente aplicable a los recursos de tal naturaleza interpuestos después de la entrada en vigor de la reforma introducida por la Ley Orgánica 7/2015 y responde a las características del nuevo recurso de casación cuya vulneración exige un previo pronunciamiento de la Sala sobre la concurrencia de interés casacional, siguiendose el recurso de casación para unificación de doctrina, por cierto desaparecido tras la reforma, por la norma general del artículo 139.2 .
LA SALA ACUERDA : No haber lugar a la aclaración ni a la rectificación solicitada. Así se acuerda y firma.
D. Jose Manuel Sieira Miguez D. Rafael Fernandez Valverde D. Octavio Juan Herrero Pina
D. Juan Carlos Trillo Alonso D. Jose Juan Suay Rincon D. Cesar Tolosa Tribiño