Auto Aclaratorio TS, 8 de Mayo de 2018
Ponente | JUAN CARLOS TRILLO ALONSO |
ECLI | ES:TS:2018:5918AA |
Número de Recurso | 2465/2015 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 8 de Mayo de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección:
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Fecha del auto: 08/05/2018
Tipo de procedimiento:
Número del procedimiento:
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo Transcrito por: EAL
Nota:
RECURSO CASACION núm.: 2465/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso
Letrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Pera Bajo TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección:
AUTO DE RECTIFICACIÓN
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Jose Manuel Sieira Miguez
D. Rafael Fernandez Valverde
D. Juan Carlos Trillo Alonso
D. Wenceslao Francisco Olea Godoy
Dª. Ines Huerta Garicano
D. Cesar Tolosa Tribiño
En Madrid, a 8 de mayo de 2018.
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Juan Carlos Trillo Alonso.
ÚNICO.- En el recurso de casación número 2465/2015, interpuesto por la procuradora doña Matilde Marín Pérez, en nombre y representación de >, contra la sentencia de fecha 16 de marzo de 2015, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso número 34/2011, se dictó sentencia por este Tribunal Supremo el 28 de febrero de 2017, y después de notificada a las partes, se ha advertido que a dicha sentencia le ha sido asignado un número erróneo.
ÚNICO.- Dice el artículo 267.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que >. Y en su apartado 3 dice que >. Examinadas las actuaciones, se ha visto que el número 348/2015 que se ha asignado a la sentencia dictada el 28 de febrero de 2017 en el recurso de casación número 2456/2015 es erróneo, por lo que procede su rectificación por el número 348/2017, que es el que le corresponde.
En su virtud,
LA SALA ACUERDA : Rectificar el número de la sentencia dictada el 28 de febrero de 2017 en el recurso de casación número 2465/2015, en el sentido de que donde dice >, debe decir >.
Así lo acordamos, mandamos y firmamos.
Jose Manuel Sieira Miguez Rafael Fernandez Valverde Juan Carlos Trillo Alonso
Wenceslao Francisco Olea Godoy Ines Huerta Garicano Cesar Tolosa Tribiño