ATS, 16 de Mayo de 2018
Ponente | FRANCISCO JAVIER ARROYO FIESTAS |
ECLI | ES:TS:2018:5385A |
Número de Recurso | 3198/2015 |
Procedimiento | Recurso de casación |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2018 |
Emisor | Tribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil |
T R I B U N A L S U P R E M O
Sala de lo Civil
AUTO
Fecha del auto: 16/05/2018
Tipo de procedimiento: CASACIÓN
Número del procedimiento: 3198 / 2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Procedencia: AUD.PROVINCIAL SECCION N. 4 DE BARCELONA
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
Transcrito por: FCG/P
Nota:
CASACIÓN núm.: 3198/2015
Ponente: Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
Letrado de la Administración de Justicia: Ilmo. Sr. D. Luis Ignacio Sánchez Guiu
TRIBUNAL SUPREMO
Sala de lo Civil
AUTO
Excmos. Sres. y Excma. Sra.
D. Francisco Marin Castan, presidente
D. Francisco Javier Arroyo Fiestas
D.ª M.ª Angeles Parra Lucan
En Madrid, a 16 de mayo de 2018.
Esta sala ha visto
Ha sido ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Arroyo Fiestas.
La representación procesal del Institut Català de la Salut, presentó escrito de interposición del recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 17 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4.ª), en el rollo de apelación n.º 526/2014 , dimanante del juicio verbal n.º 192/2013 del Juzgado de Primera Instancia n.º 32 de Barcelona.
Mediante diligencia de ordenación se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a la representación de los litigantes.
El procurador D. Jordi Fontquerni Bas, en nombre y representación del Institut Català de la Salut, presentó escrito ante esta Sala con fecha 2 de noviembre de 2015 personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora D.ª Marta Ortega Cortina, en nombre y representación de la mercantil Inmobiliaria El Royuelo, SL, por escrito presentado en fecha 10 de diciembre de 2015, se ha personado en calidad de parte recurrida.
La parte recurrente no constituyó el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial , por estar exenta.
Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Institut Català de la Salut, al concurrir, prima facie , los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º del art. 477.2 LEC .
De conformidad con el art. 485 LEC la parte, o partes recurridas podrán formalizar su oposición al recurso de casación, por escrito en el plazo de veinte días desde la notificación de este auto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
LA SALA ACUERDA :
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- Admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal del Institut Català de la Salut, contra la sentencia dictada, con fecha 17 de septiembre de 2015, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 4ª), en el rollo de apelación n.º 526/2014 , dimanante del juicio verbal n.º 192/2013 del Juzgado de Primera Instancia nº 32 de Barcelona.
-
- Abrir el plazo de veinte días, a contar desde la notificación de este auto, para que la parte recurrida formalice por escrito su oposición al recurso interpuesto. Durante este plazo las actuaciones estarán de manifiesto en la Secretaría.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.